No es novedad que todo lo que se fabrica se falsifica. Estamos acostumbrados a convivir con el comercio informal apenas abrimos la puerta de nuestros hogares. Y a vivir ese flagelo con toda naturalidad. Iría más lejos y afirmaría que la gran mayoría somos o hemos sido en algún momento cómplices o encubridores de ese ilícito al que Interpol calificó como el delito del siglo XXI. Nos resistimos a vivir esa violación a los derechos de propiedad de otros como un delito. Nos justificamos sosteniendo que es algo inofensivo, que no perjudica a nadie. Gran error.
La falsificación de marcas es uno de los delitos más peligrosos de este siglo, gran financiador del terrorismo internacional y del narcotráfico. Productos como ropa, zapatillas, anteojos, relojes, perfumes son de los más corrientes a la hora de ser falsificados. Sin embargo, hay otros muchos que se falsifican y resultan más peligrosos para la salud de la población. Tal el caso, verbigracia de los medicamentos, que tanto daño causan y han causado en nuestro país, y que motivó la modificación del Código Penal para conceptualizarlo como un delito autónomo.
Algo similar sucede con otros productos, como es el caso de la falsificación de vinos. El vino que uno consume, sea de la marca que sea, experimenta una serie de controles que garantizan que no sean dañinos para la salud humana. Para ello, las distintas bodegas se someten a severos controles del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), que es el organismo que regula la actividad. A ese respecto, la ley 14878 establece de manera precisa las prácticas enológicas lícitas y permitidas; y enumera las que están prohibidas. De igual suerte, el mismo ordenamiento legal establece las sanciones para quienes infringen esa normativa. Para los supuestos de falsificación, específicamente, el artículo 31 expresamente prescribe: "Toda persona responsable material de adulteración o falsificación de los productos a que se refiera la presente ley o que pueda ser juzgada partícipe del hecho a tenor de lo que prescribe el artículo 45 del Código Penal será reprimida, cuando el hecho no encuadre en otro delito de pena mayor, con prisión de tres a diez años, sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de la regla del artículo 46 del mismo código. Se considerarán cómplices principales, salvo prueba en contrario, los que provean alcoholes y/o sustancias aptas para la falsificación a los adulteradores. A los efectos de la calificación del delito, los jueces juzgarán como cometida adulteración o falsificación, cuando a cualquiera de los productos comprendidos en esta ley se les haya agregado elementos extraños a su composición natural y especialmente materias colorante, ácidos minerales y edulcorantes no provenientes de la uva".
Está sucediendo en nuestro país que la falsificación de vinos se ha convertido en un negocio muy redituable para los delincuentes. Se ha detectado en los últimos tiempos una gran cantidad de marcas que están siendo falsificadas; naturalmente, con el peligro que ello lleva implícito para la salud de quienes las consumen. Muchas veces el consumidor adquiere un vino con marca falsificada, y al consumirlo advierte que no tiene el sabor habitual de la bebida o que está "acido", y decreta que está "pasado" o "picado". Raramente se pone a pensar que ese vino es falsificado y que no tiene ningún control. Son muchas las marcas que se falsifican; naturalmente, las que más salida tienen son las más perjudicadas.
Para tranquilidad del consumidor, no son pocas las bodegas que han encarado una guerra con tolerancia cero contra estos malvivientes. Pero ciertamente no son todas. Por ello es que el consumidor debe colaborar desde su costado y prestar atención a dónde adquiere el producto. Dos consejos al pasar: uno, no dejarse tentar por el precio; no existen los milagros. Si en determinados comercios hay una diferencia sustancial de precios sobre un mismo producto, mi sugerencia es que no adquiera ese producto allí. Recurra a comercios reconocidos. Ya lo dice el dicho: "Cuando la limosna es grande, hasta el santo desconfía". El otro consejo es que no se compre por internet. La trazabilidad del producto es fundamental para no verse sorprendido.
Lamentablemente, una vez más, la Justicia también resulta un actor importante en relación con este delito. Hay provincias como Mendoza donde los jueces son muy conscientes de la implicancia que encierra la falsificación de vinos para la industria regional, y actúan en consecuencia, con toda diligencia, protegiendo a la industria y al consumidor. Hay otras, en cambio, donde la inacción es tan pasmosa como llamativa. Para dar un ejemplo, San Luis. Los jueces deben entender de una vez por todas el daño y el peligro que encierra el delito de falsificación de productos con marcas.
No sólo se violan derechos de propiedad, sino que se perjudica al fisco, se ponen en riesgo economías regionales y se atenta contra la salud de la población. No es un delito menor, aunque la pena establecida por la ley de marcas así lo haga creer. De hecho, ya es hora de cumplir con los tratados internacionales y de modificar las penas para el delito de falsificación de marcas, elevarlas y equipararlas con otros delitos con la misma entidad. Mientras tanto, disfrute de un buen vino pero ponga atención dónde lo adquiere; lo barato sale caro.