Pese a la "grieta", el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla decidió respaldar al fiscal Juan Pablo Curi en la investigación del caso D'Alessio, al rechazar la recusación en su contra que habían motorizado tanto querellantes como defensores por su papel en la causa. Algunos de los querellantes aseguraban que, en realidad, el fiscal "jugaba" para Comodoro Py porque había planteado que la competencia de la causa era de los tribunales de Retiro, en sintonía con la defensa del fiscal de los cuadernos Carlos Stornelli y del propio falso abogado, Marcelo D'Alessio.
Sin embargo, más allá de que ese debate debe ser resuelto por la Cámara Federal de Mar del Plata, en los últimos días Curi dio un nuevo impulso a la causa y amplió la acusación contra el fiscal Stornelli, incluyendo como una maniobra a reprocharle la sospecha sobre tareas de espionaje sobre la ex pareja de su actual esposa, según se desprende de los diálogos entre Stornelli y D'Alessio.
La recusación contra Curi había sido motorizada por los querellantes Maximiliano Rusconi y Ricardo Etchegaray y las defensas del ex espía Rolando Barreiro y el fiscal Juan Ignacio Bidone, que no habían sido aceptados bajo la figura de la ley del arrepentido. Desde todos lados sostenían que Curi "debiera haber tenido un compromiso profesional distinto al que le cupo, y en definitiva más eficiente y orientado a la búsqueda de la verdad".
Como ya se exponía en la propia causa la tensión entre el fiscal y el juez, el planteo podía haber sido la posibilidad de Ramos Padilla de dejar afuera a Curi de la causa. Sin embargo, el juez escribió: "Más allá del malestar que pudo haber causado en las querellas el modo en que el Dr. Curi llevó a cabo sus tareas funcionales entiendo, en coincidencia con lo expuesto por el recusado que su actividad fue importante para el avance de la investigación y los dictámenes y pruebas reclamadas resultaron útiles y conducentes para el avance de la averiguación de la verdad".
"La participación del Ministerio Público Fiscal en la gran mayoría de las medidas de prueba y las audiencias llevadas a cabo dan cuenta del compromiso con su actividad y de su adecuada actuación como custodio de la legalidad. La diferencia de criterios en torno a cuestiones jurídicas que se pudieren suscitar entre las partes o con el Tribunal a lo largo del expediente, no permite inferir una pérdida de objetividad o un temor de parcialidad que autorice el apartamiento de ningún magistrado; y la disconformidad de las partes, en relación con los reiterados reclamos que el Fiscal dirigió a cuestiones 'insustanciales' orientadas a generar así un alegado 'desgaste jurisdiccional' tampoco autoriza su apartamiento", sostuvo la resolución de Ramos Padilla.
El planteo de los acusados por la falta de respuestas en la ley del arrepentido hizo creer que era la llave para el apartamiento del fiscal. Ramos Padilla, sin embargo, aseguró: "Si no es posible al Juez avanzar en la celebración de un acuerdo -ni impedir que este se realice- y sólo le corresponde intervenir una vez presentado para su homologación, tampoco el Tribunal se encuentra facultado para señalar la supuesta falta de objetividad de un fiscal sobre la base de su negativa a firmar un acuerdo de esta naturaleza; ya que ello implicaría necesariamente inmiscuirse y controlar una actividad procesal de las partes que es ajena al ámbito de su competencia".