Actualización normativa: importación de animales de compañía y exportación de azúcar

La resolución 1110/2024, publicada en el Boletín Oficial, introduce actualizaciones clave en los requisitos sanitarios para la entrada de estos animales al país

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Se actualizaron los requisitos para la importación de conejos y se asignó el cupo de exportación de azúcar a Estados Unidos (Imagen: Shutterstock)
Se actualizaron los requisitos para la importación de conejos y se asignó el cupo de exportación de azúcar a Estados Unidos (Imagen: Shutterstock)

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) emitió una nueva normativa que regula la importación de conejos como animales de compañía a la República Argentina.

La resolución 1110/2024, publicada en el Boletín Oficial, introduce actualizaciones clave en los requisitos sanitarios para la entrada de estos animales al país, con el fin de garantizar un control más riguroso y alineado con las normativas internacionales.

La normativa, que entró en vigencia a partir de que fue publicada este jueves, tiene como objetivo principal asegurar la salud animal y prevenir la introducción de enfermedades como la Enfermedad Hemorrágica del Conejo (EHC).

Conforme a lo establecido en el nuevo marco regulatorio, los importadores de conejos deberán cumplir con estrictas medidas sanitarias antes y durante el proceso de importación. Entre las disposiciones más relevantes, destaca la obligatoriedad de un período de aislamiento de 30 días en el país exportador bajo supervisión oficial, así como la realización de pruebas diagnósticas para la detección de enfermedades.

Esta normativa fue elaborada en consulta con organismos internacionales y expertos locales en sanidad animal, según indicó Senasa en su comunicado oficial. Además, la actualización de estos requisitos refleja el compromiso de Argentina en materia de sanidad animal y su alineación con los estándares internacionales establecidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

Nuevos requisitos sanitarios y controles exhaustivos

La resolución establece que todo conejo que ingrese al país deberá estar acompañado por un Certificado Veterinario Internacional, emitido por la autoridad sanitaria del país exportador. Este documento deberá certificar que el animal no ha sido vacunado contra la EHC ni ha manifestado síntomas de la enfermedad en los 60 días previos a la exportación.

Además, se requerirá la realización de pruebas específicas, como el Enzimoinmunoensayo de adsorción indirecto (I-ELISA) o la Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR), para asegurar la ausencia de esta patología. Los resultados negativos de dichas pruebas deberán presentarse para validar el ingreso del animal.

Asimismo, el Senasa ha dispuesto que los conejos deberán ser sometidos a dos tratamientos antiparasitarios, con un intervalo de 15 días entre cada uno, durante el periodo de aislamiento preexportación. Estos tratamientos serán obligatorios tanto para la desparasitación externa como interna del animal, lo que refuerza las medidas de seguridad para evitar la introducción de enfermedades transmisibles que pudieran comprometer la fauna local.

El certificado veterinario que acompaña a los animales tendrá una vigencia de 10 días corridos desde la fecha de emisión, y su incumplimiento podría acarrear sanciones severas, de acuerdo con la normativa vigente.

Conforme a lo establecido en el nuevo marco regulatorio, los importadores de conejos deberán cumplir con nuevas medidas sanitarias antes y durante el proceso de importación (Foto: Shutterstock)
Conforme a lo establecido en el nuevo marco regulatorio, los importadores de conejos deberán cumplir con nuevas medidas sanitarias antes y durante el proceso de importación (Foto: Shutterstock)

Conejos: obligaciones para importadores

La normativa también impone nuevas obligaciones para los importadores. Además de presentar la solicitud de importación a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), deberán informar con 24 horas de anticipación el arribo de los conejos a los puntos de control fronterizos designados por el Senasa.

Otra de las novedades importantes de la Resolución 1110/2024 es que, en situaciones donde la cuarentena no pueda garantizar el estado sanitario del animal, se prevé la posibilidad de optar por medidas alternativas para la conservación de especies amenazadas o en situaciones especiales de tipo humanitario. Estas decisiones estarán sujetas a un exhaustivo análisis de riesgo realizado por las autoridades sanitarias.

Con la implementación de esta normativa, el Senasa se dispone a continuar monitoreando de cerca las condiciones sanitarias de los países exportadores y ajustará los requisitos de importación en función de la evolución de las normativas internacionales y los avances en investigación científica.

Exportación de azúcar: asignan cupos de exportación a Estados Unidos

Por otra parte, también vinculado con el comercio exterior, este jueves el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, anunció la distribución de 44.178,3 toneladas de azúcar crudo argentino con destino a Estados Unidos para el ciclo comercial 2024/2025.

La Resolución 42/2024, publicada en el Boletín Oficial, establece que el envío del producto deberá concretarse antes del 30 de septiembre de 2025. Este contingente forma parte del cupo arancelario que Estados Unidos otorga anualmente a la República Argentina, que se da con condiciones arancelarias específicas. El total de toneladas se dividirá entre seis empresas. La adjudicación se realizó en base a los antecedentes de exportación de las firmas en 2023.

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