En un esfuerzo por simplificar los procesos burocráticos y fomentar la competitividad del comercio agroindustrial, el Ministerio de Economía de Argentina ha implementado un cambio significativo al derogar la obligatoriedad de inscripción de los compradores de granos y sus derivados para consumo propio en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA). Esta medida, anunciada a través de la Resolución 69/2024, tiene como objetivo agilizar los trámites y eliminar la duplicación de registros que afectaba a los operadores del sector.
La Resolución 69/2024 establece un período de transición de treinta días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial, durante el cual los operadores deben adaptar sus procedimientos a la nueva normativa. Este plazo tiene como finalidad asegurar una implementación ordenada y efectiva de los cambios propuestos, permitiendo a las entidades involucradas receptar y procesar las modificaciones necesarias.
Esta decisión se enmarca en el objetivo del Gobierno Nacional para desburocratizar y facilitar el comercio de granos, buscando reducir las barreras y restricciones que impiden el desarrollo económico y la inserción en el comercio mundial. La eliminación de estos requisitos responde a la necesidad de optimizar la eficiencia administrativa, unificando los registros existentes y evitando procesos redundantes.
Comercio agroindustrial: función del RUCA y el objetivo de la no duplicación de registros
El RUCA, creado inicialmente bajo la Resolución N° 21 del ex Ministerio de Agroindustria en 2017, servía como registro para la habilitación de personas físicas y jurídicas que participan en la comercialización e industrialización de productos agroalimentarios. Con la nueva resolución, los operadores que ya están inscritos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) y en los registros de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrán operar sin la necesidad de duplicar su registro en el RUCA.
La decisión se apoya en el Decreto N° 70 del 20 de diciembre de 2023, que promueve la reconstrucción económica del país mediante la eliminación de barreras burocráticas y la promoción de una mayor integración en el comercio global. Al desmantelar la obligación de inscripción para compradores de granos para consumo propio, se espera una mayor celeridad en las operaciones y un aumento de la competitividad del sector agroindustrial argentino.
Eliminando esta exigencia, se busca también evitar la superposición de registros. Los productores ya inscritos en RENSPA tienen sus datos cargados en el sistema de la AFIP para la emisión y recepción de cartas de porte, apareciendo automáticamente en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), lo que les permite recibir granos sin necesidad de un registro adicional en el RUCA.
La iniciativa refleja un esfuerzo continuo del gobierno por mejorar el entorno empresarial en el sector agroindustrial, eliminando trabas innecesarias y facilitando el acceso a los mercados. Además, la medida busca alinear la normativa local con las mejores prácticas internacionales, fomentando una mayor transparencia y eficiencia en los procesos administrativos.
Esta simplificación no solo reducirá el tiempo y los costos asociados con los trámites administrativos, sino que también incentivará a más actores a participar en el comercio de granos y derivados, dinamizando así la economía local y ampliando las oportunidades de exportación.
Con estas acciones, el Gobierno argentino da un paso más en el sentido de la modernización del sector agroindustrial, vital para el crecimiento económico del país. Al eliminar las barreras burocráticas, se espera que los productores puedan concentrarse más en la producción y menos en la gestión de trámites, generando un impacto positivo tanto en el ámbito local como en el internacional.
La Secretaría de Bioeconomía, bajo la dirección de Sergio Iraeta, ha sido la responsable de esta resolución, reflejando su búsqueda con la simplificación normativa y la promoción de un entorno más competitivo y menos restrictivo para los operadores del sector agroindustrial en Argentina.