
La detención de Lucio “N” por parte de autoridades de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) se ha efectuado este jueves 13 de febrero. Los últimos reportes indican que el joven —señalado por abandonar a su hijo recién nacido en una bolsa de plástico en calles del municipio de Tultitlán—deberá ser traslado a un reclusorio del Estado de México en las próximas 48 horas. No obstante, la serie de acciones y el nuevo giro que ha dado el caso conlleva a hacerse una pregunta indispensable: ¿Lucio “N” podría llevar su proceso en libertad?
En entrevista con el periodista José Cárdenas, el reportero Fernando Cruz aseveró que, en caso de que el presunto responsable se hallado culpable del crimen, existen condiciones “peculiares” que podrían “jugar a favor” del propio acusado y su defensa legal en este proceso judicial que está por desarrollarse:
“Su situación jurídica va a ser muy peculiar porque este no es un delito tan grave (...). Alcanza por ahí los seis años y, aparte, recordemos que él se entregó. Entonces, incluso al momento de ser ingresado a un penal, él podría llevar su proceso en libertad, toda vez que no se está escabullendo (o) eximiendo de la justicia. Él se entregó (...). Todos esos elementos los tendrá que llevar a cabo su abogado para poder abogar en su defensa”, explicó al locutor de Grupo Fórmula.
Así mismo, el corresponsal añadió que aún falta que Diana “N” —madre del menor y quien ahora se encuentra hospitalizada en una clínica del ISSSTE—rinda la declaración frente a las autoridades, las cuales la han citado a las instalaciones de la Fiscalía Regional de Cuautitlán Izcalli para continuar las indagatorias.
¿El delito de abandono de incapaz contempla un “proceso en libertad”?
El abandono de incapaz es un delito contemplado en el Código Penal del Estado de México, el cual sanciona a las personas que dejan sin protección a individuos que, por su condición física o mental, no pueden valerse por sí mismos. Esta acción pone en peligro la vida e integridad de quienes dependen de otros para satisfacer sus necesidades básicas.
Según el Artículo 254 del Código Penal estatal, quien cometa este delito puede enfrentar una pena de seis meses a dos años de prisión, además de una multa económica que va de treinta a trescientos días de salario. En casos donde el responsable sea padre, tutor o tenga la custodia de la víctima, también puede perder sus derechos legales sobre ella, tales como la patria potestad y el derecho a heredar.

La ley establece ciertas excepciones, como cuando una madre, al dar a luz, solicita confidencialidad sobre su identidad y el nacimiento. Así mismo, si entrega al recién nacido en adopción conforme a lo estipulado por la ley, no se considera delito.
En cuanto a si la persona acusada puede llevar el proceso en libertad, esto dependerá de la gravedad del caso y de las decisiones del juez. Dado que la pena máxima no supera los cinco años de prisión, es posible que el imputado acceda a beneficios como la suspensión condicional del proceso o la libertad bajo fianza. Sin embargo, si existen agravantes o reincidencia, podría enfrentarlo desde prisión preventiva.
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