Estamos a pocos días de terminar el año y con ello llegan las fiestas, gastos y regalos propios de las fiestas decembrinas. Para ello, miles de trabajadores en todo México esperan estas fechas para poder recibir el famoso ‘Aguinaldo’, esta prestación laboral que es un apoyo para estos gastos y que, aunque las empresas algunas veces decidan entregarlo en especie, es necesario que sepas si esto es legal o no.
De acuerdo con lo estipulado por la Ley Federal de Trabajo (LFT), se trata de un monto que se debe entregar año con año de manera obligatoria y que los dueños de las compañías están obligados a otorgarle a todos sus colaboradores en efectivo y nunca con artículos o productos. Éste tiene como límite de entrega hasta antes del 20 de diciembre y, en caso de no cumplir con esta fecha, podría generar multas hacia el empleador.
Del mismo modo, la LFT contempla que no se pueden hacer excepciones entre los empleados pues es una prestación que debe ser repartida entre todos los que laboran en el lugar, mismos que recibirán 15 días de salario en caso de tener un año trabajando para la empresa y parte proporcional si no se cumplieron los 12 meses laborando.
Por si fuera poco, aquellos que fueron despedidos, renunciaron, tienen vigente una licencia por maternidad o paternidad y quienes se encuentren indispuestos a laborar por incapacidad debido a un accidente de trabajo también son acreedores al pago del aguinaldo. Un caso más específico involucra a personas que fallecieron mientras eran trabajadores de la compañía que, en vida, tenían el derecho y la obligación de proporcionar un beneficiario quien a final del año será a quien le entreguen la parte que le toca de esta prestación.
¿Es legal recibir el aguinaldo en especie?
Según se puede consultar en la LFT, este derecho es irrenunciable y obligatorio para todos los trabajadores, el encargado tiene que realizar los pagos correspondientes sin excepción, es decir, no podrá alegar falta de ingresos o problemas financieros para no hacerse responsable de la entrega del dinero ni tampoco reducir el monto correspondiente.
En ese sentido, es importante destacar que el pago debe ser expedido únicamente en efectivo, con moneda nacional y que se encuentre en circulación, motivo por el cual es completamente ilegal dar los famosos ‘arcones navideños’ como sustituto. La ley tampoco contempla como aguinaldo los vales de despensa, cupones, mercancía, documentos o hasta materiales que busque sustituir el pago.
¿Qué hago si me entregan el Aguinaldo en especie?
Al considerarse una actividad ilegal, tanto la falta del pago, el dinero incompleto, fuera de la fecha límite o en productos es necesario que el o los trabajadores afectados se acerquen a las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) en donde te pueden orientar de manera legal y jurídica lo que necesites saber para proceder en contra de la empresa. Para ponerte en contacto hay tres métodos:
- Teléfonos: 800-911-7877, 800-717-2942 y 55-5998-2000 en las extensiones 44740 y 4474
- Mail: orientaciónprofedet@stps.gob.mx
- Presencial: oficinas ubicadas en Dr. José María Vertiz 211, col. Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. C.P. 06720.
Si fuiste uno de los que recibieron productos en vez de dinero, el dueño de la empresa podría hacerse acreedor a una multa de entre 50 y 500 UMA´s (5 mi 428.50 pesos y 54 mil 285 pesos). Los empleados contarán con un año para acudir a las oficinas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales, a un Tribunal Laboral o a cualquier Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para interponer la queja y que pueda ser sancionable su caso.