El Senado de la República discutió y aprobó por unanimidad el proyecto de reforma en materia de Bienestar, uno de los que fue enviado al Congreso de la Unión por el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO). Entre los puntos aprobados, destacó el establecimiento de 65 años como la edad a partir de la cual se podrá recibir la Pensión del Bienestar.
Luego de establecer la discusión, en la que no estuvieron presentes más que tres legisladores del Partido Acción Nacional (PAN), el Pleno resolvió, con 123 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones las reformas a los artículos 4 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
En ese sentido, decidieron elevar a rango constitucional la Pensión para el Bienestar de las personas con discapacidad, adultos mayores de 65 años. Además, después de la promulgación, será obligatorio el Programa Sembrando Vida, y la promoción de la vivienda para las personas de escasos recursos, así como otros aspectos.
“El Pleno del Senado aprobó por unanimidad la reforma constitucional que establece apoyos para el bienestar de la población en condición de vulnerabilidad, además de plasmar precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo”, escribieron en su cuenta verificada de la red social X, antes Twitter, del @senadomexico.
Para cumplir con lo reformado, según quedó establecido en el dictamen con proyecto de decreto, el Estado deberá destinar recursos suficientes año con año para cumplir con lo dispuesto en el artículo 4 Constitucional. Ante ello, el monto de los recursos no podrá ser disminuido en términos reales.
¿Cuál es el proceso para obtener la Pensión del Bienestar?
En la actualidad, el monto que se otorga a las personas beneficiarias de la Pensión del Bienestar es de MXN 6 mil cada dos meses. Con la promulgación próxima de la reforma, las personas que tengan 65 años o se encuentren cerca de cumplirlos podrán solicitar el apoyo.
Para ello, cuando se abra la convocatoria, deben ingresar al sitio web oficial de la Secretaría del Bienestar y ubicar el módulo más cercano a su domicilio. En dicho sitio también se indicará el día en que las personas deberán acudir a dejar su documentación completa, la cual consiste en:
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad).
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Acta de nacimiento.
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (luz, teléfono, gas, agua, predial).
- Teléfono de contacto para dar seguimiento al trámite.