Qué es la supremacía constitucional y cuándo es su posible fecha de aprobación en la Cámara de Diputados

En la reunión de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos se dieron a conocer las modificaciones realizadas al proyecto presentado por Adán Augusto López Hernández

La Cámara de Diputados podría discutir la reforma de supremacía constitucional en la última semana de octubre (Facebook Cámara de Diputados)

Ante la polémica que ha ocasionado la emisión de amparos y suspensiones a diversos procedimientos relacionados con la reforma en materia judicial y contra la misma iniciativa, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) presentó una iniciativa de reforma para blindar las reformas Constitucionales ante impugnaciones. Al respecto, en la Cámara de Diputados ya tendrían contemplada la fecha de su discusión.

Durante una comparecencia ante los medios de comunicación, Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en la Cámara de Diputados habló sobre el proceso del proyecto. En ese sentido, aseguró que buscarán respetar el trámite legislativo con los cinco días de publicidad.

En caso de que la Cámara de Senadores avale el proyecto este jueves 24 de octubre, según dio a conocer el también coordinador del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), enviarán la minuta a comisiones para poder ponerla a discusión y votación en el Pleno el próximo martes 29 o miércoles 30 de octubre de 2024.

Ricardo Monreal habló sobre la fecha en que podría votar la iniciativa (Cuartoscuro)

“Si se aprobara en el Senado hoy o mañana esta reforma constitucional, nosotros la recibiríamos el jueves, pero la mandaríamos a comisiones para que la semana que entra estuviéramos dictaminándola conforme a la ley, dándole los plazos de publicidad, primera y segunda lectura. Estaríamos en posibilidades de aprobarla el martes o miércoles de la siguiente semana, si es que nos llegara el jueves. No la vamos a sacar sino hasta la siguiente semana”, dijo.

Cabe mencionar que el principio de supremacía constitucional se refiere a la jerarquía normativa existente en el país, en donde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) es considerada como la norma fundamental y ley suprema, la cual señala las atribuciones y los límites a la Federación y los estados.

Es la ley cúspide de todo orden jurídico, la que contiene las normas primarias que deben regir para todos dentro de un país, sean gobernantes o gobernados, la que integra el conjunto de normas, según las cuales se van a crear y según las cuales se van a vivir todas las demás disposiciones”, se lee en la exposición de motivos de una iniciativa en la materia presentada ante la Cámara de Diputados por Luis Miguel Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en octubre de 2001.

El proyecto original fue presentado por Adán Augusto López Hernández (REUTERS/Luis Cortes)

Estas son las modificaciones que Morena hizo a su iniciativa de supremacía constitucional

Antes de la sesión de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos en el Senado de este miércoles 23 de octubre, el presidente de la primera comisión, Óscar Cantón Zetina, anunció la implementación de un cambio total a la iniciativa presentada en el pleno por Adán Augusto López Hernández, coordinador parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

“No hay que hacer cosas buenas que parezcan malas, por lo tanto estamos en plena revisión. Lo que sí tengo entendido es que muchos diputados federales y senadores de la República estamos revisando con pulcritud esto y, seguramente, vamos a hacer modificaciones de fondo”, expresó ante los medios de comunicación al exterior de la Cámara Alta.

De acuerdo con las declaraciones emitidas por el propio Óscar Cantón Zetina, buscarán la eliminación de la iniciativa de reforma al artículo primero, así como el 105, ambos constitucionales. En el mismo caso se encontrarían todos los transitorios. En ese sentido, los únicos que se podrían quedar en el proyecto serían los que buscan modificar los artículos 103 y 107 constitucionales.

La iniciativa derivó de la promulgación de la reforma en materia judicial (PRESIDENCIA/CUARTOSCURO.COM)

Cabe mencionar que la reforma al artículo primero proponía que “las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, pero en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad”.

En el caso del artículo 105 se mantendrá el texto que refiere: “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. No obstante, se eliminará lo referente al proceso deliberativo legislativo y correlativo votación “así como aquellas que busquen controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral”.

De igual forma se retiró los artículos tercero y cuarto de la iniciativa. A pesar de ello, la iniciativa sigue generando debate entre los autores del proyecto, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM) con integrantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI)