En medio de la pausa declarada por Guadalupe Taddei, consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), en las actividades referentes a la organización de las elecciones de jueces magistrados y ministros de 2025, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podría avalar la continuación del procedimiento mediante una resolución.
A través de su cuenta verificada de la red social X, antes Twitter, el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Felipe de la Mata Pizaña dio a conocer el proyecto de resolución SUP-AG-209/2024 sobre si el INE puede continuar con su labor en el proceso electoral. Según el documento, es constitucionalmente inviable suspender el desarrollo del procedimiento.
“Resolución que declara procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral y determina que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo de esa autoridad respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025″, dice al inicio del documento.
El documento responde a una solicitud interpuesta por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) el 4 de octubre pasado. En dicha petición, requirieron a la Sala Superior un pronunciamiento vía acción declarativa para dar certeza y garantía a las actividades relacionadas con el proceso de elección judicial que tendrá lugar en junio de 2025 luego de las suspensiones emitida por jueces contra el proceso.
En ese sentido, el magistrado propuso como uno de los acuerdos en el proyecto de resolución que:
- Es procedente la acción declarativa solicitada por el INE.
- Es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE.
- No es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo, por lo que esas determinaciones quedan intocadas en esta sentencia.
“De considerar que en los procesos electorales opera la institución de la suspensión, se considera que pondría en riesgo la finalidad esencial del proceso electoral, consistente en la integración de los órganos del poder público, y comprometería otros principios y valores que inspiran el ejercicio democrático, como la vía institucional de la renovación de los poderes públicos”, se lee en la sección “Análisis de la cuestión planteada” del documento.
Cabe mencionar que el proyecto de resolución será presentado en la Sala Superior para someterlo a votación y que el resto de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respalden o desechen la propuesta publicada por Felipe de la Mata.