¿Cuánto recibirán de aguinaldo los pensionados del IMSS en el 2024? Esto sabemos

También es una de las prestaciones a la que tienen derecho todos los trabajadores del sector formal

Pensionados Foto: Cuartoscuro.

A unas semanas de culminar el año, muchos trabajadores en activo, así como las personas jubiladas esperan con ansias dicho periodo.

Así es como los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), recibirán su aguinaldo éste 2024.

¿De qué va?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo es una de las prestaciones a la que tienen derecho todos los trabajadores del sector formal, así lo dice su artículo 87.

“Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo”, establece la ley.

Sin embargo, pese a lo que dicta la LFT, los jubilados reciben una cantidad diferente, lo equivalente a una mensualidad de la cuantía de la pensión sin asignaciones familiares ni ayudas asistenciales, misma que se depositará en las cuentas bancarias de las y los beneficiarios durante el mes de noviembre.

Pero existen ciertas restricciones, ya que no todos los pensionados podrán gozar de éste beneficio, sólo podrán hacerlo aquellos que se hayan retirado bajo el Régimen del ‘73, y quienes lo hayan realizado con el Régimen del ‘97 lo recibirán con algunas condiciones.

El derecho al goce de la pensión de cesantía en edad avanzada se otorga al cumplir los siguientes requisitos:

— Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

— Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, mil 250 semanas de cotización.

Cabe mencionar que el trámite es gratuito y para iniciarlo es necesario acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana con la Solicitud de pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez -previamente llenada- y la siguiente documentación en copia y original para su cotejo:

  • Identificación oficial con fotografía vigente.
  • Comprobante de domicilio, no mayor a tres meses previos.
  • Estado de cuenta que contenga Número de Cuenta y CLABE, a favor del beneficiario para recibir el pago de la pensión o del subsidio, según corresponda.
  • Copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento.
Una pareja de adultos mayores en su hogar, destacando la importancia del patrimonio y el bienestar en la vida de las personas mayores. - (Imagen Ilustrativa Infobae)