¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 13 de septiembre, día de los Niños Héroes? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Consulta cuáles serán los días feriados en septiembre, acorde a la LFT

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Estos son los días de descanso obligatorios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
Crédito: Jovani Pérez/Infobae México
Estos son los días de descanso obligatorios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. Crédito: Jovani Pérez/Infobae México

El mes de septiembre conmemora diversos días feriados en su calendario, es por ello que, la Ley Federal del Trabajo (LFT) ya ha establecido pautas y normas para los trabajadores que laboren en fechas festivas, la primera de ellas llegará este 13 de septiembre (Día de los Niño Héroes). Sin embargo, ¿este día se considera festivo oficial o sólo es conmemorativo?

Conforme a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, los días feriados son considerados como no laborables, por lo que el trabajador deberá considerarlo como una fecha de descanso obligatorio, en caso de laborar en estos días especiales, el empleador tendrá que otorgar un insumo económico o beneficio extra al habitual, conoce aquí las pautas.

¿El 13 de septiembre será festivo?

El 13 de septiembre se celebra el Día de los Niños Héroes, que conmemora la defensa del Castillo de Chapultepec en 1847 realizada por elementos del Colegio Militar; pese a ser una fecha importante en la historia de México, la LFT estipuló que no es considerado como un día de asueto obligatorio, por lo que los trabajadores tendrán actividades habituales.

El único que será considerado como “día festivo” corresponde al 16 de septiembre “Día de la Independencia”, por lo que todos los trabajadores deberán tomar su asueto de descanso.

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¿Cuáles son los días festivos por la LFT?

De acuerdo con el artículo número 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se estipularon los siguientes días como fechas de descanso obligatorias para los trabajadores:

  • El 1ro de enero
  • El 5 de febrero
  • El 21 de marzo
  • El 1ro. de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El 20 de noviembre
  • El 1ro. de octubre de cada seis años, (la transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
  • El 25 de diciembre
  • Y la fecha que sea determinada para la jornada electoral

¿Qué pasa si trabajas en un día festivo?

De igual manera, la dependencia mencionó que en favor de los trabajadores, en caso de laborar alguno de los días anteriores, por derecho se les debe otorgar un pago independiente al salario que les corresponda por el descanso obligatorio, además de recibir un salario doble por el servicio prestado, así lo enmarcó en el artículo número 75 de la Ley Federal.

“Las y los trabajadores y las y los patrones determinarán el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, menciona el artículo.

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