La aplicación de la justicia en la salud: ampararse para lograr atención médica urgente

En algunos casos las instituciones encargadas de prestar servicios médico no responden a los requerimientos de la población que se ve obligada a recurrir a la justicia

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La salud es un derecho que garantiza la Constitución, pero en algunos casos las instituciones encargadas de prestar esos servicios no responden a los requerimientos de la población que se ve obligada a recurrir a la justicia a través del amparo como su mejor arma para defender esa prerrogativa. Aquí dos de múltiples casos.

SE AMPARA Y LOGRA SERVICIOS DE SALUD

En un juicio de amparo en materia administrativa una persona, en representación de su hijo, solicitó la protección de la justicia federal contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), derivado de la omisión y negativa de otorgar los servicios médicos, recursos materiales y de tecnología, así como los insumos médicos y estudios correspondientes a las enfermedades que aquejaban al ciudadano.

Derivado de una suspensión de plano otorgada por el órgano de amparo se obligó a la dependencia gubernamental a que se le brindara un tratamiento justo y pronto para el padecimiento del quejoso.

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Inclusive ordené al Actuario judicial que se acudiera a las instalaciones del IMSS para verificar el estado de salud del quejoso, los cuidados y tratamientos y constatar que estuviese bien atendido.

Posteriormente, acudí al domicilio del directo quejoso a fin de verificar cómo estaba evolucionado el paciente y conocer los padecimientos y tratamientos que se requerían para solicitar al IMSS diera atención médica pronta, completa y de calidad.

Actualmente el asunto se encuentra resuelto, tras otorgar el amparo a las personas que ahora tienen un servicio de salud óptimo.

SE AMPARA Y VIVE

Un ciudadano solicitó la protección de la justicia mediante un amparo en materia administrativa contra el Delegado Estatal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado (ISSSTE) y Director del Hospital Cinco de Diciembre del ISSSTE, derivado de la omisión y negativa de otorgar los servicios médicos a las enfermedades que aquejaban a la persona.

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El quejoso manifestó que se encontraba sumamente enfermo, no podía valerse por sí mismo, ya que tenía un tumor en el cerebro que le afectaba sus funciones motrices y se le dificultaba poder expresarse.

Ante ello, decreté la suspensión de plano, para efecto que de inmediato se le proporcionara de manera urgente y gratuita la atención médica necesaria para su padecimiento, los medicamentos y estudios necesarios y en caso de no contar con los mismos proveer los mecanismos y recursos necesarios para su adquisición.

Después de múltiples requerimientos de mi parte a las autoridades de Salud, se programó una cirugía de emergencia a la persona y derivado de los requerimientos del juicio, la autoridad responsable informó que se le trasladaría al Hospital General de Tláhuac, en la Ciudad de México, a través de una ambulancia aérea por parte de la empresa “Air One Ambulance”, lugar donde fue intervenido de manera exitosa.

Actualmente el asunto se encuentra concluido.

* María del Socorro López Villarreal es Jueza Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con sede en Mexicali