Desde hace varios meses se reportó la muerte de varios soldados tras realizar prácticas fuera del protocolo general de educación en playas de Ensenada, Baja California, razón por la que el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, reforzó el reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea.
A continuación daremos a conocer, qué se tomará en cuenta en dicho reglamento, que fue restablecido por AMLO, tras el fallecimiento de cadetes. Incluso, el pasado 5 de marzo del presente año, Luis Cresencio Sandoval, Secretario de la Defensa Nacional, reveló cuáles son los delitos que deberá enfrentar un militar (director del Centro de Adiestramiento) por la muerte de 7 cadetes.
Se trata de un decreto que fue plasmado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual establece nuevas causas de baja para el personal militar de las instituciones educativas de este tipo de estancias.
¿Qué dice el nuevo reglamento de Ley de educación militar?
Serán causas de baja de las instituciones educativas del Sistema Educativo Militar cuando incurran en faltas como las que enlistamos a continuación:
- Incurrir en acciones que denigran la dignidad militar o atenten contra la integridad física de un alumno.
- Exigir dádivas o cooperaciones, suscribir colectas o realizar cualquier tipo de actividades de agio (beneficio económico), mediante el aprovechamiento de su antigüedad, jerarquía o cargo.
- Realizar maltrato físico, de palabra, de hecho o psicológico a los estudiantes, así como todas aquellas acciones que pongan en riesgo la integridad física o la salud de dichas personas.
- Tener relaciones sexuales consensuadas dentro de la institución educativa o en donde se le haya designado su alojamiento.
- Resultar no apto por dar positivo al consumo de narcóticos en un examen toxicológico o negarse a proporcionar las tomas de muestra sanguínea o de orina para descartar el consumo de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras controladas.
- Introducir, poseer, inhalar, fumar, usar o ingerir cualquier tipo de narcótico dentro de la institución educativa, instalación militar o en actos del servicio.
- Ocasione lesiones que pongan en peligro la vida de otra persona discente o cause su fallecimiento.
- Se encuentre bajo los influjos de bebidas embriagantes o de narcóticos.
- Estar involucrado en un caso relevante, consistente en hechos o conductas en las que participe y requieran una atención especial por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional por poner en entredicho la imagen y el prestigio de la Institución Educativa o del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Estas son solo algunos cambios del nuevo reglamento, para revisar todo el documento del DOF, podrá ingresar al siguiente enlace. Aquí