
La Pensión del Bienestar para Adultos Mayores es el principal apoyo económico que otorga el gobierno federal a los ciudadanos de 65 años en adelante, a nivel nacional, con el objetivo de ayudarles a mejorar sus condiciones de vida y que a su vez, les permita tener acceso a la protección social, por lo que incluso en mayo del 2020 el programa social se integró como un derecho en la Constitución Mexicana.
Sin embargo, recientemente se generaron dudas entorno a si los mexicanos que habitan en Estados Unidos, y el extranjero en general, también podrían recibir el apoyo económico, lo cual esta semana aclaró el presidente Andrés Manuel López Obrador. Te decimos lo que debes saber.
¿Puedes recibir el pago de la Pensión del Bienestar en el extranjero?
López Obrador explicó que los adultos mayores mexicanos que viven en el extranjero sí pueden recibir el pago de la Pensión del Bienestar, recordando que es un derecho constitucional.
No obstante, comentó que próximamente le solicitará a la secretaria del Bienestar, Ariadna Montiel, informar sobre el proceso para registrarse como beneficiario y recibir el pago desde el extranjero.
“Lo otro que mencionabas, sobre los adultos mayores migrantes, son mexicanos y en la Constitución ya está establecido el derecho de todos los adultos mayores a obtener una pensión; entonces, ellos tienen ese derecho.
“Hay que buscar nada más con la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel, para que un día nos informe de cómo pueden hacerle para obtener la pensión que por derecho les corresponde, son mexicanos, después de los 65 años”.
El 21 de julio pasado, la secretaria del Bienestar informó que a seis años de que comenzó el actual gobierno, la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores ha duplicado el número de derechohabientes, por lo que 12.2 millones reciben cada bimestre seis mil pesos, con inversión social anual de 465 mil millones de pesos, para lo cual en este sexenio se invirtieron 1.4 billones de pesos.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión del Bienestar?
De acuerdo con la Secretaría del Bienestar, los interesados en recibir la pensión para adultos mayores deben presentar los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento.
- Identificación vigente: credencial para votar o del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), pasaporte vigente u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (máximo seis meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
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