De cuánto es la multa por manejar en sentido contrario en CDMX

Manejar en sentido contrario puede hacerte acreedor a una multa económica, conoce cuánto pagarías

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Los conductores serán multados con hasta dos mil pesos. Foto: Cuartoscuro
Los conductores serán multados con hasta dos mil pesos. Foto: Cuartoscuro

Manejar en sentido contrario por alguna de las calles de la Ciudad de México (CDMX) puede ocasionar sanciones económicas que afecten tu bolsillo, además de accidentes.

Las sanciones están establecidas en el artículo 8 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México el cual dicta que:

“Artículo 8.- Los conductores de todo tipo de vehículos deben:

IV. Circular en el sentido que indique la vía; tratándose de vías reversibles, respetar los tramos y horarios que determine la autoridad competente y en caso de tratarse de vías de doble sentido, circular en el costado derecho de la vía, evitando deslumbrar a los conductores del sentido contrario”.

Los conductores que infrinjan esta disposición podrán recibir una multa que va desde mil 85 pesos hasta dos mil 171 pesos, así como tres puntos a la licencia para conducir.

“Los conductores de vehículos motorizados que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medica y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir o en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular”, se lee en la fracción IV de dicho artículo.

Cada auto con placa particular de la Ciudad de México cuenta con 10 puntos pero a partir del tercero no será posible efectuar el proceso de verificación de la unidad, sino hasta que cumpla con las sanciones asignadas.

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Esto mismo ocurre para recuperar los 10 puntos, así lo explicó la Secretaría de Movilidad de la CDMX.

El manejar en sentido contrario no sólo es motivo de sanción en la capital del país, sino también en otras entidades.

Es el caso de Oaxaca, donde se inició un procedimiento de aplicación de sanciones para un taxista que conducía sobre la banqueta y en sentido contrario a la circulación sobre la calle de Mariano Arista.

“Se trata de la unidad de motor tipo Tsuru marca Nissan, con placas 2757SJF, adscrita al sitio de taxis ‘Unión de Concesionarios del Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Sitio Central Park’ A.C., con número de circulación 00-233/TX-CTRO-003″, señaló la Semovi en un comunicado.

Tras un reporte en redes sociales, la Secretaría de Movilidad citó a las personas concesionaria y operadora del transporte público a comparecer en el Departamento de Multas y Sanciones para el desahogo del asunto.

“Las sanciones por este tipo de hechos van desde económicas hasta la extinción de concesiones y permisos, acorde al Artículo 226 de la Ley de Movilidad del Estado de Oaxaca”, indicó.

 (Freepik)
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Ésta es la multa de tránsito más cara en la CDMX

El artículo 11 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México indica que una de las sanciones más costosas para los conductores es por transitar en los carriles exclusivos del Metrobús.

“X. En las vías con carriles exclusivos de transporte público:

a) Circular sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo.

Los vehículos que cuenten con la autorización respectiva para utilizar estos carriles deberán conducir con los faros delanteros encendidos y contar con una señal luminosa de color ámbar;

b) Realizar maniobras de ascenso y descenso de personas, o maniobras de carga y descarga de mercancías, debiendo realizarlas en calles locales transversales;

c) Estacionarse o efectuar reparaciones a vehículos, en caso de contingencia o emergencia, de forma inmediata se debe retirar el vehículo a un lugar distinto donde no obstruya la circulación;

d) Interferir los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U”, así como cambiar de cuerpo de circulación en la misma vía cuando existan señalamientos restrictivos que prohíban estos movimientos”.

Por la infracción a este artículos, los conductores recibirán una multa de 40, 50 o 60 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, lo cual equivale a un monto entre 4 mil 342 y 6 mil 514 pesos.

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