Este es el castigo que recibirán quienes impidan que llueva en Oaxaca

El diputado Horacio Sosa Villavicencio indicó que impedir la lluvia atenta contra la sobrevivencia de las familias campesinas

Mantener vacíos los recipientes y evitar que se formen represamientos de agua es fundamental crédito Colprensa

La sequía y las fallas en el suministro de agua han cobrado relevancia en los últimos meses a nivel nacional, al ocasionadas por diversas razones que van desde la falta de infraestructura para otorgar el servicio hasta el cambio climático, por lo que los gobiernos locales, estatales y el federal han implementado diversas acciones para garantizar que la población tenga acceso.

Un ejemplo de ello es que el Pleno del Congreso de Oaxaca aprobó esta semana, con 24 votos a favor, reformar los artículos 384, 384 bis y 385 del Código Penal estatal para incrementar las penas por despojo de aguas, al tipificar como un delito la acción de obstaculizar, disminuir e impedir la precipitación de lluvias.

En un comunicado, el Congreso del estado detalló que al aprobar el dictamen, se reformó el segundo párrafo del artículo 384 y el primer párrafo del artículo 385; se agregó el artículo 384 bis y la fracción IV al artículo 385, además de que se derogaron las fracciones VI y VII de este último artículo.

Asimismo, dentro del artículo 384 bis se estableció que comete el delito de despojo de aguas quien obstaculice, disminuya o impida la precipitación de lluvias mediante la dispersión de nubes o la alteración de los ciclos hidrológicos naturales por vía química, sónica o cualquier otra.

Además de que se castigará a quien desvíe o haga uso de aguas propias o ajenas o impida su libre curso, en los casos en que la ley no lo permite o haga uso de un derecho real sobre aguas que no le pertenezcan, así como a quien despoje de aguas del ámbito estatal o nacional asignadas al estado o municipios en beneficio colectivo de una comunidad urbana o rural, o para uso doméstico.

¿Cuál será la sanción por impedir que llueva en Oaxaca?

De acuerdo con la misma información, el despojo de aguas se castigará hasta con 25 años de prisión y con una multa económica de mil a mil 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente equivale a un monto de más de 108 mil pesos.

Detalló que se aplicará la sanción cuando independientemente del valor de lo despojado, la conducta afecte las posibilidades de subsistencia de la o las personas afectadas.

La iniciativa fue propuesta por el diputado Horacio Sosa Villavicencio, quien argumentó que el “evitar la precipitación de lluvias es una conducta contra el equilibrio natural, pero además es un atentado contra la forma de vida de las comunidades de Oaxaca, estado en el que los cultivos son centralmente de temporal, evitar la lluvia constituye una acción que debe ser considerada criminal y perseguida por el derecho penal, dado que atenta contra las posibilidades de alimentación y sobrevivencia de las familias campesinas”.

Resaltó que desde el 2002 los campesinos han reportado el sobrevuelo de aeronaves en la zona fronteriza entre Oaxaca y Puebla, desde las cuales presuntamente dispersan sustancias químicas, con el objetivo de dispersar las nubes de lluvia en esa región que abarca más de 500 mil hectáreas.

Aunque el decreto ya fue aprobado en el Congreso local, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.

Desde el sector privado señalan que el desarrollo de infraestructura trae aparejado nuevos cultivos y como consiguiente, mayor industrialización a las zonas que deciden mejorar los sistemas de riego.