Qué necesita Alito Moreno para reelegirse como presidente del PRI

El Partido Revolucionario Institucional convocó a la XXIV Asamblea Nacional para replantear el futuro del instituto que está cerca de cumplir 100 años de historia

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Alito Moreno podría continuar al frente del PRI (X/@alitomorenoc)
Alito Moreno podría continuar al frente del PRI (X/@alitomorenoc)

Las elecciones del pasado domingo 2 de junio cimbraron a los partidos de oposición en México, debido a que muchos se tuvieron que enfrentar al poderío que ha adquirido el oficialismo de la mano de la Cuarta Transformación, lo que ha llevado a replantear el papel político que éstos deben de tener en el país.

Uno de los institutos políticos que más críticas ha recibido en las últimas décadas es el Partido Revolucionario Institucional (PRI), debido a que tras consolidar a las instituciones del Estado de México y de gobernar ininterrumpidamente por más de setenta años, actualmente se ha reducido a ser la cuarta fuerza política de la nación.

Ante este panorama es que la Dirigencia Nacional convocó a la XXIV Asamblea Nacional, evento donde se prevé una de las reformas más profundas al interior del partido, tal como lo adelantó Alejandro Alito Moreno Cárdenas, con el fin de convertirse “de nueva cuenta” en una alternativa a la 4T.

Hasta el momento, a casi dos semanas de que se lleve a cabo la asamblea, se han comenzado a realizar los eventos municipales y estatales, en ellos se ha planteado la posibilidad de cambiar el logo, los colores institucionales, incluso el nombre del partido; sin embargo, se ha difundido que el exgobernador de Campeche planea mantenerse en el poder, aunque esto no está establecido en los estatutos.

¿Qué necesita Alejandro Moreno para mantener el poder en el PRI?

Alito Moreno habló de la reforma al Poder Judicial (PRI/Prensa)
Alito Moreno habló de la reforma al Poder Judicial (PRI/Prensa)

De acuerdo a los actuales Estatutos del PRI, en el Capítulo II De la Elección de Dirigentes, actualmente no se establece si está o no permitida la reelección del cargo para las personas que asuman la Dirigencia Nacional y la Secretaría General; no obstante, se explica que será en la Asamblea Nacional donde se

Es importante destacar que en la Sección 3. De la Presidencia y la Secretaría General de los Comités se explica cuáles son los requisitos que se deben de cumplir para aspirar a dichos cargos; sin embargo, en el artículo 173 se deja en claro que la renovación de éstos no debe de coincidir con algún proceso electoral en curso en el país, razón por la que Moreno Cárdenas y Carolina Viggiano Austria pudieron seguir en su cargo un año más.

“El proceso de renovación de las dirigencias de los Comités Ejecutivo Nacional (...) por término de período, no debe coincidir con ningún proceso interno para postular candidaturas a cargos de elección popular del mismo nivel o superior, ni entre el inicio del proceso y hasta el día de la calificación del cómputo de la elección constitucional de que se trate”, establece dicho artículo.

Y es que conviene recordar que la actual dirigencia asumió su cargo en agosto de 2019 y, según el artículo 178, sólo tenían que mantenerse por cuatro años; no obstante, tras unos cambios pactados en diciembre de 2022 por parte del Consejo Político Nacional (CPN), así como el inicio del proceso electoral 2023-2024 permitieron la continuidad de Moreno Cárdenas y Viggiano Austria.

Viggiano y Moreno se quedarán a la cabeza del PRI hasta septiembre de 2024 (Twitter/@caroviggiano)
Viggiano y Moreno se quedarán a la cabeza del PRI hasta septiembre de 2024 (Twitter/@caroviggiano)

Es por lo anterior que, en caso de que en caso de que se planee que el político campechano continúe en el poder, entonces en la Asamblea Nacional, pactada para el 7 de julio, se debería de planear una reforma al artículo 178 donde se plantee la reelección del cargo, debido que podría darse un momento de tensión en el tricolor ya que el CPN debería de llamar a elecciones internas.

“En caso de vencimiento del período estatutario de las personas titulares de la Presidencia y la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional, y no se haya efectuado el proceso electivo para su renovación, el Consejo Político Nacional elegirá en un plazo no mayor a diez días una dirigencia provisional, misma que no deberá durar en sus funciones más de noventa días y al término de la cual deberá convocarse a la elección ordinaria respectiva”, se pude leer.

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