La Ciudad de México es una de las más vigiladas del todo el país, pues hay más de 63 mil cámaras instaladas que se conectan las 24 horas del día toda la semana al Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C5); desde ahí, siempre hay alguien observando lo que ocurre en cada rincón de la capital.
Su enorme centro de operaciones se encuentra en la colonia del Parque, en la alcaldía Venustiano Carranza y desde ahí, personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC-CDMX) no sólo observa lo que ocurre a través de las cámaras, sino que también es sede del Servicio de Atención de llamada de emergencia (9-1-1), de la denuncia anónima (089) y desde donde se difunden la alerta sísmica en los casi 14 mil altavoces de la ciudad.
Asimismo, el C5 es de vital importancia cuando ocurre algún accidente, ya sea en calles o avenidas o en algún espacio público o inmueble, ya que capta en tiempo real este tipo de incidentes si hay una cámara cercana. En sus redes sociales también suele avisar sobre afectaciones viales o los puntos en donde laboran servicios de emergencia.
¿Se puede pedir un video al C5?
Si alguna persona fue víctima de algún delito en la CDMX y nota que había cerca una cámara, puede pedir el video al C5 para usarlo como evidencia; sin embargo, es importante mencionar que la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública de la Ciudad de México establece en su artículo 4 que las grabaciones sólo se almacenan un máximo de 30 días naturales, por lo que es importante pedirlo a la brevedad.
En su página web, el C5 indica que para solicitar un video es necesario que el particular presente su denuncia correspondiente ante el Ministerio Público, ya que los archivos no se le pueden entregar a las personas, pero sí al MP, las autoridades judiciales o administrativas y las especializadas en justicia para adolescentes, de acuerdo con los artículos 24 y 31 de dicha ley local.
Una vez que ya está la denuncia, se debe hacer la solicitud a la SSC-CDMX con los siguientes datos: ID de la cámara, número de la averiguación previa, asunto o expediente, autoridad que está a cargo del asunto, así como la fecha, hora y dirección donde ocurrió el delito.
“El particular que requiera un video, podrá, (en tanto solicita a la autoridad realice el requerimiento a la SSC CDMX, o bien, en tanto dicha autoridad haga el requerimiento correspondiente) solicitar a la citada dependencia se resguarde el video, a fin de evitar que las grabaciones se borren del sistema transcurrido el plazo de almacenamiento. Deberá proporcionar los datos de identificación”, precisa el C5 en su paso a paso para solicitar un video.