El pasado miércoles, nueve personas murieron tras el colapso de un templete en el cierre de campaña de Lorenia Canavati, candidata de Movimiento Ciudadano a la alcaldía de San Pedro Garza García, Nuevo León. En el evento se encontraba el aspirante presidencial Jorge Álvarez Máynez, quien resultó ileso pero decidió quedarse unas horas en la ciudad para estar pendiente también de las decenas de heridos que dejó este lamentable accidente.
El gobernador del estado, Samuel García Sepúlveda, dio a conocer un día después que su administración correría con todos los gastos médicos y funerarios de las víctimas, además de que crearía un fondo para indemnizarlos, a la par, prometió becas y apoyos para los menores de edad que hayan quedado huérfanos tras el accidente.
A raíz de este lamentable suceso, los candidatos de Movimiento Ciudadano cancelaron los conciertos y festejos masivos que tenían programados para sus cierres de campaña, “el accidente ocurrido el pasado miércoles nos ha dejado consternados, creemos que es un momento de respeto, de duelo y de acompañamiento a quienes han sido afectados por esta tragedia”, informaron Luis Donaldo Colosio Riojas y Martha Herrera, aspirantes de MC al Senado.
Mariana Rodríguez Cantú, candidata a la alcaldía de Monterrey y primera dama de Nuevo León, se sumó también al llamado de su partido y además difundió un video en el que pide que el dinero destinado a los cierres de campaña mejor se done a los afectados por el accidente en San Pedro Garza García: “Creo que ahorita no es momento de festejar de manera masiva, creo que es momento de ser solidarios y empáticos con la situación”, dijo la también influencer.
¿Se puede donar el dinero de las campañas?
La propuesta fue severamente criticada en redes sociales, donde se pueden leer mensajes como “Mariana Rodríguez convoca a los candidatos de MC a donar el dinero de cierres de campaña a las víctimas del desplome del escenario. Mariana desconoce que ese dinero está etiquetado para actividades específicas y no se podría desviar para otros fines, así sean bienintencionados” y “Mariana propone donar dinero del cierre de campaña de MC. No se puede, va contra la ley. Hay de dos sopas: Mariana es ignorante y no sabe que no se puede hacer o Mariana sabe que es ilegal lo que propone, pero está acostumbrada a ver a Samuel romper la ley”.
En este sentido, es importante precisar que los críticos de la candidata tienen razón. Está prohibido usar esos recursos en otros rubros que no sean las campañas. De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, artículo 76, “todos los bienes o servicios que se destinen a la campaña deberán tener como propósito directo la obtención del voto en las elecciones federales o locales”, esto quiere decir que los recursos que se le entregaron a MC deben ser usados exclusivamente para la promoción de su plataforma, candidatos y partido.
Es importante mencionar que en la misma ley, pero en su artículo 53 se señala que los partidos políticos se financian con las prerrogativas del Instituto Nacional Electoral (INE), que cuenta como recurso público, pero también pueden recibir dinero de la militancia, simpatizantes, autofinanciamiento, y financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos”, sea cual sea, se debe reportar el ingreso de dinero y, en el caso de las campañas, los partidos deben reportar a la Comisión de Fiscalización del INE todo lo que se ha gastado por concepto de:
- Gastos de propaganda, como bardas, mantas, volantes, eventos en lugares rentados, etc.
- Gastos operativos: Sueldos del personal eventual, arrendamiento de muebles e inmuebles, transporte, viáticos,...
- Gastos de propaganda en medios impresos, como diarios o revistas, ya sea inserciones pagadas, anuncios publicitarios o similares que tiendan a obtener el voto
- Gastos de producción de mensajes para radio y televisión, como pago de servicios profesionales, equipo técnico, locaciones o estudios,...
- Gastos que tengan como propósito presentar a la ciudadanía sus candidaturas y promoción de éstas
- Gastos para propiciar la exposición, desarrollo y discusión de los programas y acciones de candidatos y la plataforma electoral
- Cualquier gasto para difundir la imagen, nombre o plataforma de gobierno de algún candidato o partido político entre el inicio de la precampaña y hasta el inicio de la campaña
Aunado a lo anterior, el punto 5 del Artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que está prohibido que los candidatos, partidos, equipos de campaña o cualquier persona entregue material en efectivo o especie, “a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona”, por lo que un donativo cuenta como tal y será sancionado según dicha legislación.
Dicho lo anterior, los donativos no están permitidos por la ley. En el caso de la propuesta de Mariana Rodríguez, si a los partidos les llegase a sobrar ese dinero dispuesto para los cierres de campañas, el partido está obligado a devolverlo de acuerdo con los mecanismos establecidos en dicha legislación. De no hacerlo, pueden ser sancionados con amonestaciones públicas, la disminución del financiamiento público, una multa de hasta 10 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y en casos graves, la cancelación del registro.