Si está por poner un puesto en un tianguis, mercado sobre ruedas y/o bazar en alguna de las calles de la Ciudad de México, debes saber que necesitas tramitar un permiso y cumplir con el pago de una cuota.
El trámite puede realizarlo en línea cualquier persona física o moral, pública o privada de nacionalidad mexicana.
¿Cuánto cuesta poner un puesto?
El Código Fiscal de la Ciudad de México en su artículo 304 establece que los comerciantes en vía pública, con puestos semifijos, ubicados a más de 200 metros de los Mercados Públicos, puedan ocupar una superficie de 1.80 por 1.20 metros o menos.
Mientras que los comerciantes en tianguis, mercado sobre ruedas y bazares pueden ocupar una superficie máxima de seis metros cuadrados, siempre que cuenten con permiso vigente expedido por las demarcaciones territoriales.
La cuota varía en función de si se trata de puestos semifijos o fijos.
Por ejemplo, el costo para un puesto semifijo de 1.80 por 1.20 metros, o menos, incluyendo los de tianguis, mercados sobre ruedas y bazares es de 13 pesos.
Las cuotas de los puestos fijos que se encuentren autorizados y que cumplan la normatividad vigente de conformidad con el Reglamento de Mercados, no podrán ser superiores a 74 pesos por día, ni inferiores a 38 pesos por día de ocupación.
Lo anterior, dependiendo de la ubicación del área ocupada para estas actividades.
El Código contempla los siguientes giros comerciales para la disposición anterior, son:
- Alimentos y Bebidas preparadas.
- Artículos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y muebles.
- Accesorios para automóviles.
- Discos y casetes de audio y video.
- Joyería y relojería.
- Ropa y calzado.
- Artículos de ferretería y tlapalería.
- Aceites, lubricantes y aditivos para vehículos automotores.
- Accesorios de vestir, perfumes, artículos de bisutería, cosméticos y similares.
- Telas y mercería.
- Accesorios para el hogar.
- Juguetes.
- Dulces y refrescos.
- Artículos deportivos.
- Productos naturistas.
- Artículos esotéricos y religiosos.
- Alimentos naturales.
- Abarrotes.
- Artículos de papelería y escritorio.
- Artesanías.
- Instrumentos musicales.
- Alimento y accesorios para animales.
- Plantas y ornato y accesorios.
- Los giros de libros nuevos, libros usados, cuadros, cromos y pinturas, como promotores de cultura, quedan exentos de pago.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos que se necesitan para solicitar el permiso son:
1. Documentos de identificación oficial
- Credencial para votar - original y copia simple
- Clave Única de Registro de Población (CURP) - original y copia simple
2. Comprobante de domicilio
- Boleta del servicio de agua - original y copia simple
- Recibo de servicio de luz o boleto de impuesto predial - original y copia simple
3. Formato de solicitud TSPDRVP_PEC_1, llenado y firmado.
4. Una vez aceptada la solicitud, comprobante de pago de derechos - original y copia
Para realizar el trámite de manera presencial se deberá:
1. Ingresa la solicitud en la Subsecretaría de Programas Delegacionales y Reordenamiento en la Vía Pública.
2. Recibir la solicitud, asignar número de folio e informa fecha aproximada en la que se le citará para cotejar la documentación original.
3. Acudir con la documentación requerida.
4. Coteja la información y en caso de que la respuesta sea afirmativa indica monto a pagar.
5. Regresar con su recibo de pago y recibir gafete.
El gobierno de la Ciudad de México precisó que solo se otorgará un permiso por persona y será de uso exclusivo del autorizado.
Además, señaló que el solicitante no puede ser a la vez comerciante establecido, ni locatario de un mercado, ni propietario, arrendatario o usufructuario de cualquier local en plazas, corredores, bazares o planchas comerciales.