El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó una vez más cuáles son los gastos médicos que podrá deducir en su declaración anual de impuestos de personas físicas, la cual se debe presentar antes de que termine el cuarto mes del año.
De acuerdo con el fisco, el tiempo límite para presentar la declaración anual de personas físicas es del 1 al 30 de abril de 2024, aquellos contribuyentes que no cumplan con el proceso, podrían ser acreedores a una sanción de más de 34 mil pesos aproximadamente.
Al presentar su declaración anual de impuestos, las personas físicas podrán presentar sus deducciones personales, las cuales consisten en mostrar algunas facturas de gastos personales, con el fin de acceder a una devolución de impuestos.
En esta ocasión daremos a conocer cuáles son los gastos médicos que pueden ser deducibles, es decir, de los cuales podrá presentar su factura para que pueda acceder a un reembolso.
¿Cuáles son los gastos médicos que se pueden deducir en la declaración anual?
- Gastos hospitalarios
- Gastos de salud derivado de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal (en este caso deberá contar con la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud)
- Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales
- Medicinas incluidas en facturas de hospitales
- Honorarios a enfermeras
- Análisis o estudios clínicos
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- Lentes ópticos graduados
- Prótesis
- Primas por seguros de gastos médicos
De acuerdo con el SAT, se trata de gastos deducibles para el contribuyente, o en su caso, para familiares directos como: padres, abuelos, hijos o nietos, los cuales no percibieron ingresos superiores al salario mínimo anual.
Para que puedan ser válidos, éstos deberán estar respaldados por las facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante un cheque, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios.
Será importante recordar que, para presentar las deducciones en los diferentes rubros, los pagos realizados pueden aplicar tanto para usted como para su cónyuge o concubino (a), padres, abuelos, hijos y nietos.
Esta oportunidad aplicará solo si sus familiares antes mencionados no perciben ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 35 mil 101. Entre las deducciones personales en beneficio de los contribuyentes están contempladas también las de educación, gastos funerarios, entre otras.
La declaración anual corresponde al ejercicio fiscal 2022, la cual podrá contener información de sus ingresos, deducciones personales, retenciones, así como pagos provisionales a través del portal del SAT de una forma fácil y segura.
Para tener presente las deducciones personales, las personas ponen a disposición de los contribuyentes la plataforma especial de “visor de deducciones personales”. Una vez ingresando, le solicitarán su contraseña y su forma electrónica. Aquí
Cuando la persona ingresa a este visor, podrá obtener información como: fecha de emisión de comprobantes, RFC o nombre del emisor, descripción de cada concepto, clave de producto o servicio, importe deducible por concepto, forma de pago, tipo de deducción, tipo de aportación o depósito, folio fiscal, entre otros.