¿Puedo pagar adeudos fiscales e impuestos de la declaración anual 2023 del SAT a meses sin intereses?

El servicio tributario ofrece algunas facilidades para cubrir los adeudos, conoce qué es lo que necesitas

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¿Puedo pagar adeudos fiscales e
¿Puedo pagar adeudos fiscales e impuestos de la declaración anual 2023 del SAT a meses sin intereses? (Archivo)

Ser un adulto es difícil, pero el SAT te da una mano. Este 1 de abril el Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartió en un comunicado de prensa que las personas físicas que en su declaración anual del ejercicio fiscal 2023 tengan impuestos a pagar podrán hacerlo en seis parcialidades.

Las autoridades fiscales compartieron los aspectos que deben tener en cuenta los contribuyentes para que puedan acceder a esta facilidad y cuáles son los paso que deben seguir para conseguirlo.

SAT extiende plazo para presentar
SAT extiende plazo para presentar declaración anual de impuestos en México (Freepik)

Es importante que tenga en cuenta que sólo los contribuyentes que realicen la declaración en tiempo y forma, entre el 1 al 30 de abril de 2024, podrán acceder a las parcialidades, aunque debes de tener en cuenta como funciona esta modalidad:

  1. Las parcialidades se pagan el último día del mes que corresponda, es decir, la primera parcialidad tendrá que ser cubierta antes de finalizar abril.
  2. Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas
  3. Es posible anticipar los pagos
  4. En caso de no cubrir las parcialidades en tiempo, se cobrarán recargos por falta de pago
  5. La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024.

¿Qué necesitas?

Lo único que necesitas es presentar la declaración anual dentro del plazo señalado al principio de la nota, para ello es necesario que cuentes con los siguientes datos: RFC, contraseña o e.firma para acceder al portal del Servicio Tributario.

¿Quiénes presentan declaración anual?

Si tienes duda sobre quién presenta la declaración anual ante las autoridades tributarias debes tener en cuenta que son aquellos contribuyentes con:

  • Sueldos y salarios
  • Servicios profesionales
  • Actividades empresariales
  • Arrendamiento de bienes inmuebles
  • Enajenación o adquisición de bienes
  • Intereses o dividendos
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
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