¿Cuál es la función de la CNDH y por qué su titular, Rosario Piedra Ibarra, quiere eliminarla?

La titular de la CNDH presentó la propuesta en la Cámara de Diputados e indicó que la institución podría ser sustituida por otro organismo

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La CNDH cumple diversas funciones
La CNDH cumple diversas funciones para promover los derechos humanos Foto: CNDH

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se creó en 1999 a siete años de que se elevó a rango constitucional la defensa y protección de los derechos humanos en México; y hasta la fecha se ha involucrado en casos de discriminación y abuso de poder, entre otros delitos, así como en la creación de políticas públicas, investigando las denuncias, emitiendo recomendaciones o señalando la violación de alguna garantía.

Sin embargo, ayer, la actual titular de la institución, Rosario Piedra Ibarra, propuso disolverla y sustituirla con un nuevo organismo. ¿Sabes por qué? Te decimos lo que debes saber sobre la CNDH.

¿Cuáles son las funciones de la CNDH?

De acuerdo con la CNDH, para cumplir con la protección y defensa de los derechos humanos, tiene como atribuciones:

  • Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos.
  • Conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos en los actos u omisiones de autoridades administrativas de carácter federal; cuando las y los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de alguna persona servidora pública o autoridad, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos, particularmente en tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas.
  • Formular recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, en los términos establecidos por el artículo 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Conocer y decidir en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de los estados.
  • Conocer y decidir en última instancia las inconformidades por omisiones en que incurran los organismos de derechos humanos y por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales, en los términos señalados por el artículo 102.
  • Procurar la conciliación entre las personas quejosas y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita.
  • Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país.
  • Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos.
  • Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los Derechos Humanos en el ámbito nacional e internacional.
  • Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos.
  • Presidir y garantizar el cumplimiento de las atribuciones conferidas al Mecanismo Nacional de Prevención, en términos de lo establecido en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  • Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario y de readaptación social del país.
  • Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos.
  • Proponer al Ejecutivo Federal, en los términos de la legislación aplicable, la suscripción de convenios o acuerdos internacionales en materia de derechos humanos.
  • La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo considere conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un estado, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México o las legislaturas de las entidades federativas.

No obstante, la CNDH precisó que las quejas y denuncias, las resoluciones y recomendaciones que emita no afectan el ejercicio de otros derechos y medios de defensa que puedan corresponder a los afectados conforme a las leyes; por lo tanto, no suspenden ni interrumpen sus plazos preclusivos.

Rosario Piedra Ibarra, titular de
Rosario Piedra Ibarra, titular de la CDNH. | (GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM)

¿Qué NO hace la CNDH?

El organismo precisó que no están dentro de sus atribuciones las siguientes acciones:

  • Emitir resoluciones de organismos y autoridades electorales.
  • Resoluciones de carácter jurisdiccional.
  • Consultas formuladas por autoridades, particulares u otras entidades, sobre la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales.
  • Por ningún motivo podrá examinar cuestiones jurisdiccionales de fondo.
  • Conflictos entre particulares.

¿Por qué Rosario Piedra Ibarra quiere eliminar la CNDH?

Ayer, la titular de la CNDH propuso eliminar el organismo que encabeza durante su informa de labores ante la Comisión Permanente en la Cámara de Diputados, argumentando que “ya no responde a las necesidades de los mexicanos, al acusar que fue opera con un esquema impuesto por el neoliberalismo.

Afirmó que su administración ha trabajado de forma permanente “para dejar atrás una dinámica institucional hecha para la simulación y el burocratismo”.

No obstante, propuso eliminar la institución y sustituirla con un nuevo organismo, que se llamaría Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo.

“Esa ha sido la razón por la que impulsamos nuestra reforma, porque padecimos ese acuerdo, y por eso nos mantenemos firmes en la idea de transformar de raíz a esta Comisión Nacional, que ya no responde, dije YA NO RESPONDE, a las necesidades del pueblo mexicano.

“Estamos convencidos de que es necesario que la Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo emerja como una institución nueva, más aún, de que es indispensable renovar el sistema no jurisdiccional mexicano, y por ende el sistema jurisdiccional existente, para cumplir cabalmente con lo que dice el artículo 1º de nuestra Constitución”, puntualizó.

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