Una gran parte de los contribuyentes del territorio mexicano llevan a cabo movimientos bancarios sin tener en cuenta el monto máximo de dinero que pueden depositar o recibir sin tener que avisarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para muchos trabajadores representa una duda constante, la cual es preferible aclarar con el principal objetivo de evitar enfrentar problemas derivado de inconsistencias.
De acuerdo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR) los depósitos en efectivo son aquellos movimientos en moneda nacional o extranjera que se realizan en cualquier tipo de cuenta que tengan las personas físicas o morales a su nombre en cualquiera de las instituciones del sistema financiero, así como todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Según la información plasmada en la regla 3.5.13 de la Miscelánea Fiscal 2021, la cantidad límite de efectivo que se puede depositar o recibir en una cuenta bancaría este 2024 es de 15 mil pesos. Si el monto enviado o recibido supera ese tope, el banco tendrá que reportarlo ante el SAT.
Dentro de dichas transferencias o depósitos se incluyen los abonos realizados en ventanilla, cajero automático, cheques de caja, así como cualquiera que determine el Servicio de Administración Tributaria.
A pesar de que los bancos son los encargados de gravar el impuesto sobre el depósito en efectivo, en aquellos casos que se presentan inconsistencias o montos superiores a los 15 mil pesos, el SAT puede llegar a auditar a la persona en cuestión para poder aclarar la procedencia de los recursos.
Es importante tener en cuenta que las cuentas de banco no son las únicas que deben cumplir con esas reglas, también aquellas que se emiten en Fintech, Sociedades Financieras Populares (Sofipo) y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (Socap).
¿Qué sucede con las transferencias electrónicas?
De acuerdo con la información compartida por el SAT, las transferencias electrónicas no son relevantes para dicha regla, puesto que no son operaciones que se realizan en efectivo. Por lo tanto, tampoco serán sujeto de ISR realizar un pago en efectivo para abonar al saldo de una tarjeta de crédito.
Adicionalmente, es necesario tener cuidado con el nombre que se le pone a las personas en las transferencias bancarias, ya que el SAT podría estar al pendiente. Es importante recordar que cada descripción utilizada es revisada y en caso de que sea sospechosa, las autoridades podrían ponerse en contacto con la persona para que esta explique de qué se trata, sobre todo si por el nombre puede entenderse como un sinónimo de alguna actividad ilícita que el Servicio Tributario deba atender.
¿Cuáles son los trámites fiscales que se deben realizar este 2024?
- Inscripción al RFC: el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es el primer paso en la relación con el SAT. Este documento es fundamental, pues será requerido para abrir cuentas bancarias.
- Declaración Anual: la declaración anual de impuestos es uno de los trámites más importantes y obligatorios. Dicho proceso le permite a los contribuyentes presentar sus ingresos y egresos al SAT, así como conocer su cuentan con saldo a favor por impuestos.
- Pago de Impuestos: su omisión puede conllevar multas. Los contribuyentes deben presentar declaraciones mensuales o anuales.
- Firma Electrónica: la e.firma permite solicitar citas en las oficinas del SAT.
- Constancia de situación fiscal y cédula fiscal: la primera de ellas se puede solicitar al momento de ser contratado en una empresa, mientras que la segunda confirma la inscripción en el SAT.