Uno de los derechos fundamentales de los trabajadores es recibir el aguinaldo. Según la Ley Federal del Trabajo, la fecha límite para que los trabajadores reciban la prestación obligatoria es el 20 de diciembre. Respecto a la cantidad que se recibirá, esta debe ser de 15 días de salario si se lleva más de un año trabajando.
No obstante, si quien presta los servicios no ha superado los 365 días de labores, aún así debe recibir una cantidad proporcional al tiempo que se ha trabajado. Los empleadores también tienen la obligación de cumplir con lo dictado por la Ley Federal del Trabajo en tiempo y forma.
El aguinaldo es un derecho fundamental para los trabajadores que está instaurado desde el año de 1970. Incumplir con esta obligación se considera como una falta grave. Por supuesto, no hay ningún argumento válido que una empresa pueda emitir para suspender el pago del aguinaldo, incluido bajas ganancias, dificultades económicas o poca presencia de utilidades.
Paso a paso para denunciar el incumplimiento del aguinaldo
Si los empleados no perciben la prestación obligatoria, hay un sitio donde pueden acudir para solucionar su situación: la Procuraduría Federal de la Defesa del Trabajo (Profedet). Si no sabes donde se encuentra, esta es la dirección exacta de las oficinas: C. Dr. José María Vértiz 211, Doctores, Cuauhtémoc, 06720 Cúa, CDMX.
Los horarios de atención son de 8 de la mañana a 5 de la tarde, y las oficinas se encuentran abiertas únicamente los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes. Cabe mencionar, que tienes hasta un año para acudir a la Profedet (por lo que no podrás reclamar el incumplimiento de aguinaldo de años pasados).
En dicha instancia, cuya misión es velar por los derechos de los trabajadores, te orientarán para que sepas qué hacer ante una situación de incumplimiento del pago de aguinaldo. Como dato extra, si un empleador no paga si aguinaldo puede ser acreedor a una multa que va de los 5 mil 187 pesos mexicanos hasta los 518 mil 700 pesos, por supuesto, por cada empleado.
Del mismo modo, la Profedet cuenta con contactos telefónicos y digitales en dado caso de que no puedas acudir a sus instalaciones. A tu disposición están estos números telefónicos: 8007172942, 8009117877, 555380200 y 5557093233. Asimismo, puedes escribir al correo: orientaciónprofedet@stps.gob.mx.
¿Me toca aguinaldo si no he cumplido más de un año?
Sí. Los empleadores tienen la obligación de pagar la parte proporcional al tiempo laborado. Calcularlo es muy sencillo. Únicamente tienes que calcular tu sueldo por día y multiplicarlo por los 15 días de ley de aguinaldo. Es decir, si ganas 20 mil pesos al mes, tu salario al día es de 666.66 pesos. Luego, esta cantidad debes multiplicarla por 15. En este ejemplo, el resultado es de 9999 pesos.
El siguiente paso es dividir este resultado entre los 365 días del año. Siguiendo nuestro ejemplo, 9999 entre 365 es 27.36 pesos. Finalmente, multiplica el resultado por los días que has trabajado. Por ejemplo, si llevas 60 días trabajando (unos dos meses), el resultado sería 1 mil 641 pesos.
Así que no hay pretexto. Así lleves un mes trabajando en tu nueva empresa, tu empleador tiene la obligación de darte aguinaldo.
Las principales funciones de la Profedet
La Procuraduría Federal de la Defesa del Trabajo tiene la función de orientar a los trabajadores, beneficiaros de éstos y sindicatos sobre sus seguridad social y derechos laborales. Esto incluye temas relaciones a pensiones, accidentes laborales, despidos, retiros, enfermedad, y más.
También tiene la función de acompañamiento en audiencias de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. De igual manera, te puede acompañar si tu situación no se soluciona y llega a los tribunales laborales.