Cómo hacer un pago referenciado en el SAT y cuánto tiempo tarda en verse reflejado

Desde 2012 el Servicio de Administración Tributaria permite que las personas físicas y morales opten por el pago referenciado durante la declaración de impuestos

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El SAT cuenta con el Servicio de Declaraciones y Pagos (Cuartoscuro)
El SAT cuenta con el Servicio de Declaraciones y Pagos (Cuartoscuro)

Con el propósito de agilizar y mejorar la seguridad al momento de realizar la declaraciones, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó desde la década anterior el pago referenciado, también conocido como el Servicio de Declaraciones y Pagos.

Este servicio tiene como objetivo calcular los impuestos que cada contribuyente tiene que pagar, además de recibir los pagos en caso de que haya impuestos por pagar, es decir, permite realizar el pago íntegro de las contribuciones federales mediante un referencia a la par de informe sobre el tipo de impuesto y más detalles del porqué la cantidad a pagar.

El pago referenciado sustituyó al Esquema de Pagos Electrónicos al considerar que se debía de facilitar el pago de impuesto en bancos, además de la presentación de las declaraciones, también disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias y elimina la presentación de la declaración informativa de razones.

El SAT  cuenta con el Pago Referenciado (Especial)
El SAT cuenta con el Pago Referenciado (Especial)

Los pasos a seguir para realizar un pago referenciado

  • Realizar la declaración de impuestos vía internet: para personas físicas es importante contar con la bitácora de información debidamente llenada, mientras que las personas morales requieren sus papeles de trabajo correspondientes al periodo que se declare.
  • Saldo a pagar o adeudo pendiente: en caso de que se vea esta opción, el contribuyente deberá de seleccionar la opción de presentación, en donde se mostraran la periodicidad del ejercicio fiscal, el tipo de declaración y el periodo.
  • Cálculo automático o ingresar cantidades de forma manual: una vez que se vea el desglose de la información, el contribuyente podrá decidir si hacer un cálculo automático o si manualmente ingresará los datos correspondientes para estar al corriente del monto pendiente.
  • Pago referenciado: en caso de que ya se tenga claro el porqué del adeudo, los contribuyentes podrán ir a la opción de pago referenciado, ahí el sistema les otorgará una línea de captura —la cual tendrá fecha límite de pago— con la cual podrán realizar el pago pendiente mediante depósito bancario o transferencia electrónica a los bancos con los que tiene convenio el SAT.
  • En caso de pagar vía transferencia: las aplicaciones electrónicas de los bancos cuentan con un servicio para el pago de impuestos, ahí los datos base que se solicitarán son: cuenta de retiro —de donde se enviará el dinero—, colocar la línea de captura —el folio que dio el SAT tras hacer el paso de “pago referenciado” que consta de 20 dígitos—, ingresar el importe a pagar y finalmente dar el RFC.
  • Comprobante de pago: los bancos estarán obligados a emitir un comprobante el cual se deberá de guardar de forma digital o impreso.
Durante la declaración se pueden dar adeudos, los cuales se cubrirían con pagos referenciados (Freepik)
Durante la declaración se pueden dar adeudos, los cuales se cubrirían con pagos referenciados (Freepik)

¿Cuándo se verá reflejado el pago?

De acuerdo a lo que explican algunos bancos, éstos deben de validar la línea de captura, la vigencia, el importe de pago, así como el medio de recepción, aunque te permiten la opción de que el pago se vea reflejado al instante o colocar una fecha específica; sin embargo, esto no es tardado puesto que el SAT asegura que una vez que se reciba el pago, el sistema inmediatamente mostrará la actualización de los impuestos.

Para comprobar que el pago pasó rápidamente, en el sistema se podrá verificar al ingresar a Información/Pago referenciado/Declaraciones pagadas, ahí debería de estar el movimiento ya reflejado.

No obstante, es importante aclarar que para utilizar el servicio de pago referenciado es necesario contar con CIEC —mejor conocida como la contraseña— o Fiel —ahora conocida como efirma—, en caso de no tener acceso a esto se recomienda acudir a una oficina del SAT para realizar el trámite.

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