Este 18 de octubre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y personal de Comunicación Social del Gobierno federal, cometieron uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental durante la veda de los procesos de Coahuila y el Estado de México 2023.
En la mañanera del viernes 2 de junio, a dos días de la elección en Coahuila y Estado de México, es decir en plena veda electoral, el mandatario federal lanzó varios ataques al bloque opositor además de hacer un llamado al voto, situación que está prohibida por la ley electoral para cualquier funcionario público.
“Decirle a la gente que somos libres, que queremos una auténtica democracia para nuestros hijos, para nuestros nietos, que hay condiciones inmejorables porque el gobierno no interviene en las elecciones”, dijo López Obrador desde Palacio Nacional.
La controversia inició cuando el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, denunciaron al presidente López Obrador y a su equipo de Comunicación Social porque consideraron que las expresiones de la mañanera del 2 de junio actualizaron infracciones en materia electoral.
Ese mismo 2 de junio, López Obrador habló sobre el tema de la compra de votos que suele presentarse en las elecciones y pidió al pueblo mandar “al carajo” esas viejas prácticas.
“La lealtad tiene que ser al proyecto, al pueblo, a la Patria, no a las personas, no a los hombres, porque muchas veces esa lealtad es falsa”, insistió López Obrador.
La Sala Regional Especializada determinó que las expresiones denunciadas difundieron logros de gobierno durante el periodo de veda electoral, asociados al presidente de la República.
Respecto de López Obrador y su responsabilidad, la Sala Regional del TEPJF señaló que para él aplica un régimen de excepción. En desacuerdo con lo anterior, los quejosos (PRD y MC) acudieron ante la Sala Superior.
En el análisis del TEPJF se estableció que se utilizaron recursos humanos y materiales indebidamente, por lo tanto se dio vista al Órgano Interno de Control para que imponga las sanciones correspondientes y ordenó la inscripción de las personas responsables, salvo el presidente de la República, en el Catálogo de sujetos sancionados en los procedimientos especiales sancionadores.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado José Luis Vargas, confirmó la sentencia cuestionada, esto quiere decir que no habrá sanción para el Ejecutivo.
Se consideró que la Sala responsable fundó y motivó debidamente la actualización de cada una de las infracciones y que la inscripción en el Catálogo de sancionados es una herramienta para dar transparencia y publicidad a las sentencias de la Sala Regional Especializada.
En semanas recientes, el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Comisión de quejas y Denuncias ha emitido medidas cautelares al presidente López Obrador en las que le prohíbe abordar temas electorales o lanzar ataques contra Xóchitl Gálvez, abanderada del Frente Amplio por México.
La semana pasada, el área jurídica de la Presidencia de la República impugnó la orden del INE, con la que prohibió a López Obrador exhibir en sus mañaneras una posdata dirigida contra quienes él define como conservadores.
Por su parte, el PRD ha solicitado al INE restringir las transmisiones en cadenas públicas de la mañanera debido a que el titular de Ejecutivo ha sido reincidente en desobedecer los lineamientos que le impiden promover temas electorales, sin embargo, el árbitro electoral se negó a conceder estas medidas cautelares al considerarlas desproporcionadas.
El INE fijó el inicio formal del periodo de precampañas a partir del 20 de noviembre, fecha en la que partidos políticos y aspirantes podrán hacer llamados expresos al voto para la elección de 2024.