Aunque no jugará ante las selecciones de Australia y Uzbekistán, Julián Quiñones se encuentra trabajando en las instalaciones del Centro de Alto Rendimiento (CAR) por orden del DT de la Selección Mexicana, Jaime Lozano.
Sin embargo, al parecer en su primera prueba para convertirse ciudadano mexicano oficialmente fracaso al reprobar el examen del proceso de naturalización.
A través de su cuenta oficial de Twitter, el periodista Ricardo Murguía de TNT Sports publicó que el delantero del América no tuvo un buen rendimiento al haber reprobado el examen de naturalización.
Dicha información fue replicada por el medio de comunicación en el que trabaja, por lo que el atacante de origen colombiano respondió con un emoji para indicar que se trataba de una fake news.
¿Cómo obtener la nacionalidad mexicana?
Para que cualquier persona pueda tener la nacionalidad mexicana por naturalización, según lo marca el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley de Nacionalidad y 14 de su Reglamento, los interesados deben seguir una serie de requisitos, los cuales puedes encontrar en la página del Gobierno de México en su apartado con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Primeramente, la persona interesada debe acreditar la condición de estancia de residente permanente, cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud.
- Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
- Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual podrá descargar al realizar su prerregistro.
- Exhibir original y dos fotocopias de la tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal, o residente permanente, con la que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, la cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
- Entregar original y una fotocopia del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso, apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR), en caso de contar con acta de nacimiento, presentar dos copias simples;
- Presentar original y dos fotocopias legibles de todas las páginas del pasaporte extranjero (incluyendo las pastas exteriores) o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes; *Si el pasaporte vigente es de reciente expedición, se sugiere presentar copia completa del pasaporte anterior o bien podrá entregar constancia de flujo migratorio, de los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, expedida por el Instituto Nacional de Migración.
- Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, en el que se señale con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en el término de dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a qué se refiere el artículo 21 de la Ley de Nacionalidad, (acompañar dos fotocopias);
- Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedidos por autoridad competente a nivel federal (con validación impresa por duplicado) y local, dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
- Acreditar por medio de los exámenes que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
- Entregar dos fotografías iguales, recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
- Dos copias de la Clave Única de Registro de Población (CURP) impresa.
- Original y copia del comprobante del pago de derechos correspondiente.