En Michoacán, vecinos marchan para pedir justicia por la muerte de dos perros a manos del alcalde de Tangancícuaro

El presidente municipal confesó haber tomado un arma de fuego y haber disparado contra dos perritas que habían atacado a su perro

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(Facebook Denuncia Tenancingo)
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Habitantes de Zamora se organizaron para formar un contingente para manifestar y exigir justicia por la muerte de dos lomitos, Buba y Canela, que la semana pasada fueron asesinadas por el presidente de Tangancícuaro, David Melgoza Montañés, quien con el arma de fuego de uno de sus guardaespaldas atacó a las perritas.

A través de redes sociales, organizaciones en contra del maltrato animal y ciudadanos realizaron una campaña para sumar a la mayor cantidad de personas que quisieran protestar los hechos y pedir justicia para los lomitos.

Pasadas las 10:00 horas el contingente, encabezado por los dueños de las perritas asesinados, iniciaron su marcha con destino a la Plaza José María Morelos en Zamora desde la Glorieta 5 de Mayo.

Los protestantes al grito de “Fuera mataperros” y “Melgoza cobarde te queremos en la cárcel” piden que el servidor público renuncie a su cargo. Asimismo, las personas llevan pancartas para resaltar sus exigencias y otros están acompañados de sus mascotas.

(Facebook Denuncia Tenancingo)
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Este mismo movimiento tendrá presencia en Morelia, donde los ciudadanos inconformes y que piden justicia sobre lo ocurrido, organizan una marcha para las 17:00 horas, que saldrá desde la Plaza Villalongín con dirección al palacio de gobierno.

¿Cómo se castiga el maltrato animal según la ley vigente?

De acuerdo al Artículo 309 y 311 del Código Penal de Michoacán, se habla de una pena desde uno hasta cuatro años de prisión y de cincuenta a quinientos días de multa.

Sin embargo, con una reforma que entró en vigor en noviembre de 2022, según el Artículo 309 la pena podría aumentar hasta la mitad de la máxima cuando las lesiones resulten en daño físico, o pongan en riesgo la vida del animal, incluido el envenenamiento.

Por su parte el Artículo 311 señala que se castigará con uno o dos años de prisión y con veinte a doscientos días de multa a quien cometa el delito de maltrato, en el ámbito doméstico o laboral cotidiano.

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