Morena propuso aumentar el monto del aguinaldo a los trabajadores de 15 a 30 días

Actualmente dicha prestación equivale a menos de la mitad del monto que reciben las personas que trabajan en el sector público

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Morena buscó impulsar una reforma para que los trabajadores reciban 30 días de aguinaldo 
FOTO: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM
Morena buscó impulsar una reforma para que los trabajadores reciban 30 días de aguinaldo FOTO: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM

El presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Manuel Baldenebro, de la bancada del partido Movimiento de Renovación Nacional (Morena), recientemente presentó una propuesta de reforma para que dicha prestación pase de 15 a 30 días para todos los trabajadores y trabajadoras del país ante la Comisión Permanente del Congreso.

La propuesta de que los empleados pertenecientes al sector privado obtengan un aguinaldo de 30 días de salario, es decir, el doble del mínimo legal actual, fue impulsada por Manuel Baldenebro. La reforma fue presentada el pasado miércoles 9 de agosto.

Cabe recordar que el aguinaldo es una prestación que a lo largo de más de 50 años no ha sido actualizada dentro de la Ley Federal del Trabajo. Por medio de una modificación en el artículo 87 de dicha Ley, la iniciativa presentada por el legislador morenista tendría como principal objetivo el de acercar dicho monto al de los 40 días de salario que reciben hoy en día los burócratas del país.

“Hay una gran diferencia salarial en la medida de salarios que son percibidos por la prestación entre las personas que pertenecen al sector privado y los servidores del Estado. Este hecho refleja la discriminación y las desigualdades existentes entre las normas de trabajo”, indicó el legislador en su propuesta.

La propuesta del legislador fue en pro de los trabajadores 
FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM
La propuesta del legislador fue en pro de los trabajadores FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM

Lo anterior ya que desde el año 1970, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo no ha presentado ningún tipo de modificaciones, por lo tanto busca incorporar el derecho de los empleados a que reciban una parte proporcional del aguinaldo cuando no hayan cumplido el año de servicio en una empresa.

“La obligación del patrón sobre otorgarle un aguinaldo a sus empleados surgió como prestación dentro de la Ley Federal del Trabajo en 1970, lo que quiere decir que dicha prestación no ha presentado cambios importantes en pro de las personas, tal como indica el mandato constitucional”, detalló Manuel Baldenebro.

Hoy en día el aguinaldo que tienen que recibir los trabajadores pertenecientes al sector privado corresponde a mínimo 15 días de salario, mientras que dicho pago se debe realizar antes del 20 de diciembre de cada año, además, en dicho artículo no se distingue entre los empleados de confianza, los de base, los sindicalizados o los temporales.

Cabe recordar que no se trata de la primera solicitud que presenta con el fin de que se incremente la base para el cálculo de dicho beneficio, ya que durante el mes de febrero de 2023, las senadoras por el Partido Verde también habrían propuesto elevar a 30 días el mínimo de esta prestación.

Es la segunda ocasión que se busca reformar dicho artículo
Es la segunda ocasión que se busca reformar dicho artículo

Sin embargo, en esta ocasión en la Cámara de Diputados, el legislador Aurelio González, perteneciente a la bancada de Morena, impulso una reforma a la LFT con el principal objetivo de poder establecer un aguinaldo de 30 días, igualando así el derecho con el que cuentan los trabajadores que sirven al Estado, pero en esa ocasión el proyecto fue desechado por la Comisión de Trabajo.

¿Qué es el aguinaldo?

De acuerdo con un artículo publicado por la Segob, el aguinaldo es un derecho para todos y todas las trabajadores que se encuentra establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87.

“Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo”.

Mientras que las personas que no hayan cumplido con el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

Es decir, la ley establece que es una obligación del empleador el pagar el aguinaldo en tiempo y forma, en caso de que se presente incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.

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