Para el día de la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo 4 de junio en el Estado de México, la autoridad electoral deberá apoyarse de la ciudadanía para recibir el voto de los 12.6 millones de mexiquenses que están inscritos en el padrón electoral.
El Instituto Nacional Electoral (INE) en conjunto con el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) tendrán en la entidad mexiquense 20 mil 433 casillas y en ellas se espera que asistan 143 mil 31 ciudadanos que fungirán como funcionarios.
Según la autoridad electoral, por cada casilla deberá de contar con un presidente, secretario, dos escrutadores y tres suplentes, estos últimos, entrarán en funciones si faltan algunos de los tres primeros.
Estos funcionarios de casillas, serán los responsables de instalar y clausurar la casilla, manejar las boletas electorales, contarlas, llenar las actas de escrutinio y cómputo y llevar las urnas a las juntas electorales.
Por igual, la instalación de las casillas empezará desde las 7:30 de la mañana del 4 de junio, donde los funcionarios deberán estar listos en el lugar donde se seleccionó previamente por las autoridades electorales, para hacer el armado de las urnas, checar que el equipo humano y físico esté completo para que a las 8 de la mañana empiece la recepción de los votos de los mexiquenses que se den cita.
Las autoridades seleccionaron y capacitaron a los funcionarios de casilla, donde verificó que no haya un conflicto de interés con alguna de las contendientes y esto puedan afectar o ayudar a alguna de ellas.
Se estima que los funcionarios electorales recibirán por su jornada laboral, que puede llegar hasta las 20 horas o más, la cantidad de 500 pesos, por lo cual se gastarán 71.5 millones de pesos por este rubro.
¿Qué funciones tienen?
El Código Electoral del Estado de México, señala que las mesas directivas de casilla y sus funcionarios tienen las atribuciones de instalar y clausurar la casilla, recibir la votación, efectuar el escrutinio y cómputo de la votación. Por lo cual, deberán permanecer en la casilla electoral desde su instalación hasta su clausura. Deberán llenar, durante la jornada electoral, las actas correspondientes e integrar en los paquetes respectivos, la documentación necesaria a cada elección.
El presidente de Casilla:
Vigilar el cumplimiento del funcionamiento de las casillas. Recibir la documentación y elementos necesarios para el funcionamiento de la casilla. Identificar mediante cotejo de nombramiento y credencial para votar con fotografía a los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes.
Identificar a los electores que se presenten a sufragar, con su INE. Mantener el orden en el interior y en el exterior de la casilla con auxilio de la fuerza pública si fuese necesario. Por igual, podrá suspender la votación en caso de alteración del orden y, restablecido éste, reanudarla.
Retirar de la casilla a cualquier persona que incurra en alteración grave del orden o realice actos que lleven la intención manifiesta de retardar la votación o el escrutinio y cómputo.
Practicar, con auxilio del secretario y de los escrutadores y ante los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes presentes, el escrutinio y cómputo.
Fijará en lugar visible al exterior de la casilla los resultados del cómputo de cada una de las elecciones. Turnar oportunamente al Consejo Distrital o Municipal Electoral correspondiente, los paquetes electorales y las copias de la documentación respectiva.
De los Secretarios: Elaborar las actas durante la jornada electoral y distribuirlas. Contar el número de boletas electorales recibidas antes de iniciar la votación. Comprobar que el nombre del elector figure en la lista nominal correspondiente. Recibir los escritos de protesta que presenten los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes. Inutilizar las boletas sobrantes.
De los escrutadores: Contar la cantidad de boletas depositadas en cada urna y cotejar con el número de electores que, anotados en las listas nominales y adicionales, ejercieron su derecho al voto. Contar el número de votos emitidos en favor de cada candidato, fórmula o planilla.
En el caso específico de quienes tengan la función de presidente, deberán vigilar el cumplimiento de la ley, recibir la documentación, útiles y elementos necesarios para el funcionamiento de la casilla, identificar a los electores que se presenten a sufragar, mantener el orden en el interior y exterior la casilla con auxilio de la fuerza pública si fuese necesario.
Además, suspender la votación en caso de alteración del orden y reanudarlo cuando se haya restablecido, retirar de la casilla a cualquier persona que incurra en anomalías, llevar a cabo con auxilio de secretario y los escrutadores el escrutinio y cómputo, fijar en lugar visible los resultados del cómputo, llevar al consejo distrital los paquetes electorales e identificar a quienes representen a los partidos políticos.
A quien se desempeñe en la secretaría le toca elaborar las actas de la jornada electoral, contar el número de boletas recibidas antes de iniciar la votación, comprobar que el nombre del elector esté en la lista nominal, recibir los escritos de protesta de los partidos y verificar que no se utilicen las boletas sobrantes.
A la figura de escrutador les corresponde contar la cantidad de boletas depositadas en cada urna, cotejar el número de electores que se anotaron en las listas nominales y adicionales con quienes ejercieron su derecho al voto, contar el número de votos emitidos en favor de cada candidato fórmula o planilla.
Este proceso democrático solamente puede realizarse si personas como tú ejercen su derecho de participación política ciudadana y ese día se convierten en autoridad electoral para recibir, contar y registrar los votos de sus vecinos y vecinas en las casillas con Urna Electrónica que se instalarán en la Entidad.