Qué ocurrirá con la Guardia Nacional tras su inevitable separación de la Sedena

La SCJN declaró como inconstitucional que la GN sea parte de la Secretaría de la Defensa Nacional; sin embargo, aún faltan años para que se separen estas dos instituciones

Cuál será el futuro de la GN sin su mando en la Sedena (Foto: Cortesía / Presidencia)

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la adscripción de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) contraviene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), por lo que ambas dependencias dejarán de tener como máximo responsable al mismo mando; sin embargo, aún existen dudas entre la ciudadanía sobre lo que esto significa.

La determinación que se tomó este martes 18 de abril en la Suprema Corte invalidó una iniciativa promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), misma que planteaba reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de la Guardia Nacional, Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, esto para que la GN formara parte de la Sedena de manera permanente.

Esto porque lo dispuesto en las modificaciones legales contravienen el Artículo 21 de la Constitución, de tal manera que, como nada puede ir en contra de la Cartga Magna, pues la Corte determinó que la GN será parte de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC); sin embargo, esto no será aplicado en breve, pues existe una disposición transitoria de carácter constitucional que lo impide.

La SCJN declaró como inconstitucional la iniciativa de AMLO (Foto: Cuartoscuro)
“Invalidó el traslado a la Secretaría de la Defensa Nacional del cúmulo de facultades orgánicas, administrativas, presupuestales y directivas de la Guardia Nacional, al considerar que el artículo 21 constitucional establece expresamente que dicha corporación será un ente civil”

Cuando la GN fue constituida, al inicio de la administración de López Obrador (2019), se determinó que sería de carácter civil, es decir, estará adscrita a la SSPC ya que se trata de la corporación que sustituiría a la extinta Policía Federal (PF), que también era de mando civil; sin embargo, ante la falta de instrucción profesional, se determinó que momentáneamente estaría bajo la responsabilidad de las Fuerzas Armadas (FFAA).

Originalmente, se determinó que la GN estaría a cargo de la Sedena hasta marzo de 2024; sin embargo, con el pasar del tiempo y, en vista de que los índices delincuenciales no cedían, el jefe del ejecutivo federal dispuso que la GN se trasladara de manera permanente a la Sedena; sin embargo, esto causó el disgusto de la oposición, quien señaló que se trataba de un acto de militarización en México.

Ahora, con la determinación de la Corte, la intención de trasladar de manera permanente la GN a la Sedena se vio frustrada; sin embargo, no será en 2024 cuando la Guardia regrese a un mando civil, esto porque las bancadas de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido Encuentro Social (PES) —ésta sólo en el Senado— apoyaron una iniciativa del PRI.

La GN estará bajo el manto de la Sedena hasta 2028 (Foto: Cortesía Presidencia)

Y es que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una iniciativa constitucional a un artículo transitorio para que el tiempo de la GN en la Sedena se prolongara hasta 2028, esto porque no creyeron que en 2024 la GN sea lo suficientemente competente para operar sin el respaldo de las secretarías de la Defensa o de Marina, por lo que creyeron conveniente extender su responsabilidad cuatro años más.

Esto quiere decir que, aún a pesar de que la SCJN rechazara la idea de AMLO de integrar permanentemente la GN a la Sedena, esta estructura continuará así hasta marzo de 2028. Después de ello, la Guardia regresará a la SSPC para tener un carácter civil y, con ello, garantizar un funcionamiento que no atienda a la lógica militar.

Finalmente, con esta determinación de la Corte invalidó la facultad del titular de la Sedena para nombrar al director de la GN y el régimen diferenciado del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Militar; en contraste, se valida el régimen de reasignación del personal de la GN proveniente de la Policía Naval, así como el régimen de la estructura orgánica, servicio de carrera y profesionalización del personal de la Guardia.