Ley Minera de AMLO: los dos grandes logros que confieren bienestar a pueblos originarios

La iniciativa del presidente López Obrador le pondría fin a medidas dañinas impuestas en los gobiernos de Carlos Salinas y Vicente Fox

Guardar
La Ley Minera de AMLO
La Ley Minera de AMLO plantea mejoras a pueblos originarios y cuidado ambiental (Foto: Cuartoscuro)

Un grupo de legisladores de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) convocó a una rueda de prensa en la que explicaron los avances que representaría la reforma a la Ley Minera promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), donde el derecho humano al agua y al medio ambiente saludable sobresalieron de entre las ventajas que ofrece.

El pasado 28 de marzo, el presidente presentó un paquete de reformas para que el ejercicio de la minería en México sea más humano, pues múltiples privilegios legales consagrados desde el sexenio de Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) tuvieron como consecuencia que las grandes empresas del ramo ganen mucho, contaminen mucho y proporcionen poco bienestar.

aunque participaron varios promotores de la Cuarta Transformación (4T), cuando fue el turno del diputado Joaquín Zebadúa quedó más claro dos de las modificaciones que planteó AMLO en su proyecto de reforma, pues se trata de dos derogaciones, una al Artículo 6 y otra al Artículo 19, mismas que tendrán, en caso de aprobarse, un impacto positivo en los derechos humanos de las poblaciones donde existen yacimientos minerales y el ambiente.

Se acabaron los privilegios para los mineros en México

Primero, en cuanto al Artículo 6, Zebadúa Alva apuntó que la iniciativa de AMLO retira el carácter de “preferente” a las actividades de extracción de minerales, ya que esto atraía consecuencias negativas a las poblaciones periféricas a las minas que se instalaban en México, pues veían afectados su derecho al acceso al agua potable tanto para consumo humano como para cultivo, además que se afectaban las Áreas Naturales Protegidas (ANP).

“Se le daba a la minería un carácter preferente sobre cualquier otra actividad y, amparándose en esta palabra, se pasaba por encima de los derechos de los pueblos originarios, se pasaba por encima del derecho humano al agua y se pasaba por encima del derecho humano a un medio ambiente sano porque se permitía que hubiera minería en Áreas Naturales Protegidas”

Actualmente, la redacción de dicho artículo dicta: “La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta Ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que establece la misma, y únicamente por ley de carácter federal podrán establecerse contribuciones que graven estas actividades”, al respecto, se destaca que este párrafo fue publicado, junto con toda la Ley, el 26 de junio de 1992, durante el sexenio de Salinas de Gortari.

Con esta iniciativa, para que se les dé agua a los mineros, se realizará una licitación pública, deberá de existir un documento de factibilidad y se priorizará el derecho de las personas a tener acceso a agua potable que el de las mineras.

Se espera mejorar la forma
Se espera mejorar la forma de hacer minería en México (Foto: Reuters / José Miguel Gómez)

El efecto positivo que tendrá en el ambiente radica en que de las 142 ANP que hay en México, 70 tienen concesiones mineras, lo que contraviene cualquier tratado internacional que protege la biodiversidad, dichas concesiones suman más de 1.5 millones de hectáreas cuadradas y algunos de estos proyectos estén en “zonas núcleo” como el caso de Sierra la Laguna en La Paz, BCS, y la Biósfera del Triunfo, en Chiapas (bosque de niebla más importante y diversa del mundo).

Respecto al Artículo 19, se deroga la fracción IV, la que confiere el derecho a la expropiación, lo cual pone la concesión minera por encima del derecho a la propiedad social y particular. Actualmente, la legislación, modificada en abril de 2005 —durante el sexenio de Vicente Fox (2000-2006)— señala:

“Artículo 19. Las concesiones mineras confieren derecho a: […] IV. Obtener la expropiación, ocupación temporal o constitución de servidumbre de los terrenos indispensables para llevar a cabo las obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio, así como para el depósito de terreros, jales, escorias y graseros, al igual que constituir servidumbres subterráneas de paso a través de lotes mineros”

Fue por ello que vio con buenos ojos la iniciativa y condenó a cualquiera que se oponga a la aprobación de esta iniciativa: “Si algún grupo parlamentario se pone en contra de esta ley, estará en contra de los intereses del pueblo de México y en contra de los derechos humanos”.

Guardar