En nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN) , el diputado Román Cortés Lugo presentó la iniciativa para reformar el artículo 9 del Código Penal del Estado de México con el objetivo de sancionar como delito grave la sustracción de menores.
Recordó que en la entidad, se encuentra contemplado como sustracción en el artículo 263 del Código Penal del Estado de México, por lo que, con dicho proyecto de reforma se busca que sea calificado como grave dentro de la actual clasificación que establece el artículo 9 del mismo y armonizar con esta redacción el Código.
En el uso de la palabra, el legislador local, recordó que se denomina sustracción, retención u ocultamiento ilícito a la separación unilateral e injustificada de una niña, niño o adolescente de la persona que legalmente detenta su guarda y custodia, ocultándolo o trasladándolo lejos de su lugar de residencia habitual.
Durante la exposición de motivos, Cortés Lugo dijo que de acuerdo a estimaciones de organizaciones sociales y dependencias de gobierno, la sustracción de menores representa casi el 70 por ciento de los casos de niñas, niños desaparecidos en México.
Los datos de los censos de procuración de justicia estatal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) de 2020-2021, tiene un aumento del 24 por ciento con respecto a lo observado en el año 2019, 11 mil 484 casos. La tercera parte de los casos registrados en el país durante 2020, se registraron en el Edomex, con un 13.4 por ciento.
De acuerdo con Ricardo Nava Rueda, fundador de la Asociación Mexicana de Niños Robados y Desaparecidos, cerca del 65 por ciento de la sustracción de menores es por parte de algunos de los padres. Tan sólo en el año 2020, se registraron más de 14 mil 237 delitos de retención o sustracción de menores.
De esta forma, los legisladores de su partido, destacó, han tenido la obligación de garantizar el correcto y sano desarrollo de las familias, niños, niñas y adolescentes en el Estado de México, haciendo un eco profundo que retumbe en todo el país, por ello la importancia de estas actualizaciones y armonización del marco legal.
Pidieron revisión de empresas de globos aerostáticos
De igual forma, el GPPAN presentó un Punto de Acuerdo para exhortar al Gobierno del Estado de México a generar una agenda de trabajo en coordinación con el Gobierno Federal, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), y los 125 municipios de la entidad para que en el ámbito de sus respectivas facultades y atribuciones, inspeccionen la forma en la que están funcionando las empresas prestadoras de servicios turísticos y operadores de servicios turísticos como son los viajes en globos aerostáticos y actividades turísticas que impliquen algún riesgo.
Con este Punto de Acuerdo, el GPPAN solicita se observe el cumplimiento estricto de las normas de seguridad y calidad que garanticen la protección de los pasajeros, además de exigir que se sancione a todos los prestadores de servicios que no estén en regla y pongan en peligro a los usuarios.
Además de verificar que, para poder ofrecer servicios de este tipo, los propietarios o poseedores de globos aerostáticos cumplan con los requisitos, que solicita la AFAC, como es haber obtenido un permiso otorgado por dicha agencia.
Así como cumplir con todas las especificaciones de operación establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCT3-2002; cómo contratar y mantener un seguro vigente que cubra las responsabilidades por daños a pasajeros o terceros en la operación de las aeronaves; garantizar que el globo sea tripulado únicamente por personal técnico aeronáutico titular de la licencia y certificado de capacidad correspondiente y realizar los mantenimientos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de la aeronave.
Asimismo, se solicitó que se inicie una investigación para determinar las causas del accidente en Teotihuacán y en su caso, establecer las responsabilidades correspondientes.