Cuándo debo presentar mi declaración patrimonial al SAT para evitar multas si soy persona moral

“¡No lo dejes al final!”, así llamó el fisco a contribuyentes a llevar a cabo el procedimiento lo antes posible

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Algunas personas realizan trámites en
Algunas personas realizan trámites en oficinas del SAT. (Foto: Cuartoscuro)

Una de las obligaciones fiscales más importantes que deberán considerar tanto personas físicas como morales (empresas) es presentar la declaración anual de impuestos, donde se reportan los ingresos obtenidos durante el año anterior. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hay un tiempo límite para llevar a cabo ese proceso.

Sin embargo, en el caso de las personas morales ya está por concluir el plazo, así lo dio a conocer el SAT a través de sus redes sociales. Con frases como “últimos días” o “¡No lo dejes al final!”, el fisco llamó a las personas morales a considerar esta actividad cuanto antes.

Por ello, para evitar posibles problemas futuros como el pago de multas, aquí recordaremos cuál es el tiempo límite para que personas morales presenten su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

En ese sentido, las empresas tendrán que enterar sobre el ejercicio del Impuesto sobre la Renta (ISR). La autoridad fiscal anunció que también tendrá que contener la funcionalidad de cada régimen, es decir, declaración de personas morales con fines no lucrativos, del régimen opcional para grupos de sociedades, de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

Personas físicas también deberán realizar
Personas físicas también deberán realizar su declaración anual de impuestos. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cuál es la fecha límite?

El SAT anunció que el plazo para realizar la declaración anual de impuestos para personas morales es hasta el 3 de abril.

El proceso podrá ser desarrollado por una plataforma especial de internet. Sin embargo, deberán considerar los siguientes requisitos.

-Contar con su Registro Federal del Contribuyente (RFC), contraseña o e.firma.

-Tener a la mano la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.

¿Cómo hacerlo?

-Para realizar la declaración por internet, los contribuyentes deberán ingresar al siguiente enlace. Aquí

-Colocar su RFC, contraseña y dar seguimiento al proceso que le solicite el sistema como llenar los datos de la declaración.

-Enviar la declaración y obtener el acuse de recibo con el que se dará seguimiento al procedimiento.

El fisco recordó también que, para considerar el pago por transferencia electrónica, a través del banco, será necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica.

Personas física

Por su parte, las personas físicas también deberán realizar su declaración anual de impuestos. Tendrán todo el mes de abril para presentarla y será sobre el ejercicio fiscal 2022.

En este caso deberá contener información relacionada con sus ingresos, deducciones autorizadas y personales, así como retenciones, pagos provisionales.

El proceso también podrá llevarse a cabo de una manera fácil y sencilla por el simulador especial para los contribuyentes a través de internet. Dar click en el siguiente enlace.

Para conocer cómo desarrollar la declaración, el SAT puso a disposición su simulador. A través de él se conocerán también los documentos que necesitarán los contribuyentes para presentarla este año, pues hay que recordar que, en algunos casos, el fisco solicita mostrar estados financieros.

¿Cómo usarla? El interesado tendrá que acceder a la plataforma del SAT y seleccionar si es persona física o moral. Aquí

Luego deberá capturar los datos que le requieren y conocer las obligaciones que le corresponden. Hay que recordar que algunas personas tienen la opción de acceder a un saldo a favor, lo único que tendrán que considerar es presentar deducciones personales de gastos relacionados con la educación de sus hijos, salud, funerarios, entre otros.

Será necesario detallar que el monto total de las deducciones no podrá exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de sus ingresos.

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