Pensión IMSS e ISSSTE: cuándo depositan pago de abril 2023

Debido a que el mes de abril arrancará en un día inhábil, algunos beneficiarios de la pensión recibirán el pago correspondiente a dicho periodo en una fecha diferente a la habitual

Las personas que reciben pensión en el IMSS e ISSSTE recibirán de forma anticipada el pago del mes de abril (Joshua Rodríguez / Secretaría de Cultura de la Ciudad de México)

El año 2023 está a punto de entrar en la recta final del primer tercio y, con ello, las personas beneficiarias de pensiones en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), recibirán el pago correspondiente al cuarto mes del año, aunque algunos lo recibirán en una fecha distinta a la habitual.

Ninguna de las dos instituciones suele coincidir en la fecha de pago de la pensión a sus extrabajadores. Mientras el Seguro Social realiza los depósitos en los primeros días del mes en cuestión, la dependencia que agrupa a los trabajadores del Estado adelanta la dispersión de los recursos durante las últimas fechas del mes anterior.

Debido a que el mes de abril arrancará en días correspondientes al fin de semana, los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrán una modificación en la fecha habitual de la recepción de su dinero. En tanto, las personas afiliadas al ISSSTE recibirán el depósito en la fecha estipulada por la institución desde el principio del año 2023.

El IMSS adelantará el pago de su pensión por el inicio del mes de abril en fin de semana (Captura de pantalla)

¿Cuándo depositará el IMSS la pensión del mes de abril?

Conforme a la tendencia del IMSS en los años más recientes, el pago debería llegar a las cuentas bancarias de los pensionados el primer día de abril Sin embargo, debido a que dicho periodo del mes será sábado, el depósito se adelantará el último día del periodo anterior, es decir, el viernes 31 de marzo de 2023.

¿Cuándo depositará el ISSSTE la pensión correspondiente al mes de abril?

Por otro lado, el inicio del mes de abril en fin de semana no representará ningún inconveniente entre las personas beneficiarias del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). En ese sentido, recibirán el pago de su pensión correspondiente al mes de abril el jueves 30 de marzo, como lo indica el calendario de pagos oficializado al inicio de año.

Calendario de pagos del ISSSTE en 2023 (Segob)

¿Cuándo depositará el ISSSTE el pago de la pensión en los meses restantes del 2023?

De acuerdo con la programación del ISSSTE, con el pago de la mensualidad correspondiente al cuarto mes del año, quedará pendiente la dispersión de nueve depósitos más a las personas beneficiarias. De esa forma, el calendario de remuneraciones quedó definido de la siguiente forma:

- 30 de marzo (pago correspondiente al mes de abril).

- 28 de abril (pago correspondiente al mes de mayo).

- 31 de mayo (pago correspondiente al mes de junio).

- 29 de junio (pago correspondiente al mes de julio).

- 28 de julio (pago correspondiente al mes de agosto).

- 31 de agosto (pago correspondiente al mes de septiembre).

- 29 de septiembre (pago correspondiente al mes de octubre).

- 31 de octubre (pago correspondiente al mes de noviembre).

- Primera quincena de noviembre (pago correspondiente a la primera parte del aguinaldo).

- 30 de noviembre (pago correspondiente al mes de diciembre).

Cabe recordar que la segunda parte del pago por concepto de aguinaldo del año 2023 se incluirá en el monto depositado los primeros días de enero de 2024, donde también se tomará en cuenta lo correspondiente al primer mes del nuevo periodo.

Algunas personas que reciben pensión deberán declarar ante el SAT en 2023 (PRODECON México)

¿Qué pensionados del IMSS e ISSSTE deberán realizar su declaración anual en abril de 2023?

De acuerdo con un comunicado emitido por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), algunas de las personas beneficiarias de la pensión en el IMSS e ISSSTE deberán presentar su declaración ante el Sistema de Acción Tributaria (SAT). La situación aplicará para quienes cumplan alguna de las condiciones siguientes:

- El monto de sus ingresos anuales supere los MXN 400 mil.

- Asimismo, aún y cuando no supere los MXN 400 mil si tiene dos o más ingresos por pensión.

- Si además de percibir ingresos por pensión, obtiene ingresos por algún otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.