Algunas personas en México podrán vivir una vida plena o disfrutar de una mejor manera en la vida adulta con una mejor pensión. Una oportunidad a la que podrán acceder las personas que pertenecen al régimen del 73, es decir, aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Se trata del esquema del IMSS Modalidad 40, la cual podrán considerar algunas personas para inflar el monto de su pensión, ya que permite realizar aportaciones voluntarias y por ende, el número de semanas de cotización.
De acuerdo con el IMSS, a este tipo de pensiones ingresan los asegurados dados de baja en el régimen obligatorio y la buena noticia es que se trata de un trámite sencillo que se puede considerar tanto de forma presencial como digital.
Es una oportunidad para las personas que desean incrementar su promedio salarial en los últimos cinco años cotizados, es decir, fijar un monto y abonar cada mes durante ese período para aumentar el monto del salario.
Debido a que el monto se determinará respecto a la cantidad que elija el ciudadano, algunas personas pueden llegar a acumular una pensión de más de 65 mil pesos. Con esta modalidad el interesado podrá seleccionar el monto siempre y cuando no rebase el límite de 25 veces el salario mínimo.
¿Cómo acumular una pensión de más de 65 mil pesos?
Considerar inscribirse a la modalidad con un salario más alto comparado con el que cotizó la última vez.
Por Ejemplo: Si el último salario fue de 10 mil mensuales, pero desea duplicarlo, entonces considerará incorporarse a este esquema con 20 mil pesos, es decir, considerar un pago de salario de 20 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) mensuales.
Si el pago diario es de 103.74 a la fecha, entonces al multiplicarlo por 20 UMAs, la aportación sería de 2 mil 74 pesos, ese resultado se multiplicaría por 30 días (un mes)
De ese modo, se obtendría una pensión de hasta 62 mil 244 pesos mensuales.
Lo que quiere decir que entre mayores aportaciones realice, se verá reflejado sustancialmente el incremento.
¿Cómo realizar el trámite?
-Ingresar al siguiente enlace. Aquí
-Anotar su Clave Única de Registro de Población (CURP).
-Tener a la mano una cuenta de correo electrónico personal.
Hay que recordar que el porcentaje será variable y cambiará cada año, pues se ajustará respecto al salario que se seleccione.
El instituto también informó que, aquellos asegurados que desean incorporarse, podrán optar por continuar protegidos a partir de la fecha que elijan entre la de su solicitud de inscripción en la continuación voluntaria o la del día siguiente de su baja, debiendo cubrir en todo caso, las cuotas que no fueron enteradas al Instituto.
Para la inscripción se deberá cubrir la primer cuota que seleccione y en caso de baja por mora, deberá considerar pagar las cuotas retroactivamente y con los recargos correspondientes para poder volver a ser dado de alta.
Será importante recordar que, a partir de la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio no genera el derecho a los servicios médicos. Se tiene la opción de contratar estos de manera independiente a través del Seguro de Salud para la Familia conforme lo establezca el reglamento de la materia (Artículo 64 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización).