
¿Cuándo presentar la declaración anual de impuestos?, ¿Quiénes la presentan? o ¿Puedo pagar en parcialidades? Son parte de las interrogantes que suelen hacer los contribuyentes al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en torno al tema. Sin embargo, existe también una duda relacionada con el salario mínimo.
Antes de responder a este tipo de cuestionamientos será necesario recordar que las personas físicas deberán presentar su declaración anual de impuestos, correspondiente al ejercicio fiscal de 2022, durante abril de este año, mes que está registrado como límite para hacer el procedimiento ante el fisco.
Mientras que las personas morales (empresas) tienen hasta el mes de marzo para llevar a cabo el proceso. En este caso deberán calcular y enterar el impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal.
Las personas físicas, es decir trabajadores, también tendrán que realizar la presentación de dicha declaración, la cual deberá contener información de sus ingresos, deducciones autorizadas y personales, así como retenciones y pagos provisionales.

Pero, si gano el salario mínimo ¿Debo presentar mi declaración anual? La respuesta inmediata es no, es decir, aquellos trabajadores que reciben su salario de nómina, no deberán preocuparse por este ejercicio.
Además, de acuerdo con la ley del impuesto sobre la renta, se prohíbe la retención de dicho gravamen a aquellos que ganan un salario mínimo mensual o cercano a él. Sin embargo, si es de las personas que cobra por honorarios, entonces sí tendrá que hacer el procedimiento.
De acuerdo con el fisco, la obligación sí deberá considerarse por algunas otras personas con el fin de evitar multas o problemas futuros.
¿Quiénes deberán presentarla?
-Las personas que reciben un salario de dos o más empresas.
-Contribuyentes que obtuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos al año.
-En caso de haber percibido ingresos por concepto de pensión o liquidación.
-Si es de las personas que registró otros ingresos.

El fisco cuenta con una plataforma especial de internet, herramienta ideal para llevar a cabo la declaración anual. Lo único que tendrá que hacer es ingresar al siguiente enlace. Aquí, luego proporcionar su Registro Federal de Contribuyente (RFC) y contraseña, llenar los datos que le solicite el sistema, firmar y guardar el acuse de recibo que será emitido o en su caso, línea de captura.
Si el resultado de mi declaración fue un impuesto a pagar, ¿puedo solicitar al SAT pagar en parcialidades? De acuerdo con el fisco, este mecanismo sí podrá ejercerlo, siempre y cuando la declaración se haya presentado en tiempo y forma, es decir, en el mes de abril.
De ese modo, los contribuyentes tendrán la opción de pagar hasta en seis parcialidades. En este caso, si optó por esta facilidad, durante el proceso deberá obtener en línea los formatos de captura y el importe a pagar en cada una de ellas.
Las personas físicas podrán también solicitar un saldo a favor. Sin embargo, deberán recurrir a las deducciones personales, es decir, presentar comprobantes de gastos que realizó durante el año. Por ejemplo, pagos por concepto de educación de sus hijos, gastos funerarios, de salud o aportaciones a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), entre otros.
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