
Después de dos procesos resolutivos, el TEPJF emitió un nuevo proyecto de sentencia en el que se ratificaría la multa contra Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por incurrir en actos anticipados de campaña; al respecto, se destaca que la multa sería menor a 90 mil pesos mexicanos (USD 4 mil 700 aproximadamente), lo que equivale al 0.061% de su financiamiento mensual.
El proyecto de resolución SUP-REP-17/2023 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), publicado este martes 7 de febrero, confirma la sentencia de la Sala Especializada (SRE-PSD-4/2022), misma que refiere que Morena incurrió en actos anticipados de campaña en relación a las elecciones de 2021, particularmente con la renovación de la Cámara de Diputados.
¿Qué ocurrió?
A pesar de que el periodo de campañas para las elecciones de 2021 iniciaba el 4 de abril, el 22 de marzo de ese año se presentó una denuncia por posibles actos de campaña contra Regeneración Nacional, pues, en redes sociales se viralizó un video publicado el 18 de ese mismo mes en el que una representante morenista solicitaba votos para su partido.

En el material audiovisual se puede ver que ella misma se identificó como Selene Álvarez Trinidad, dijo que era coordinadora territorial de Morena e invitaba a la ciudadanía a que le dieran información personal en manifestación de apoyo a la candidatura de la diputación federal. Aunado a ello aseguraba que si ganaba alguien que no sea Morena, habrían cambios en los apoyos sociales del gobierno federal.

En consecuencia, el poder judicial inició el proceso y el 7 de abril de 2022, la Sala Especializada del TEPJF, en el expediente SRE-PSD-4/2022 determinó que Morena incurrió en la falta señalada e impuso una multa de mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir 89 mil 620 pesos, que equivale al 0.061% de financiamiento mensual de Morena.
Después, esta sentencia se revocó el 1 de junio bajo el motivo de no haber verificado exhaustivamente que la persona que sale a cuadro en el video sea Selene Álvarez Trinidad o que ella actuara en genuina representación del partido de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), por lo que iniciaron nuevas diligencias.

Fue hasta el 19 de enero de 2023 en el que la Sala Especializada, después de realizar las investigaciones pertinentes emitió una nueva resolución, la cual encontraba nuevamente a Morena como responsable de actos anticipados de campaña y rectificaba la multa de mil UMAs; sin embargo, el partido de AMLO impugnó la sentencia vía recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.
De tal modo que, tras realizar los actos revisorios correspondientes, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña publicó el nuevo proyecto resolutorio que ratifica la sentencia apelada. Es decir, el magistrado de la Sala Superior coincidió con lo ponderado inicialmente ya que, a su criterio, el proceso ocurrió con apego a derecho.
Finalmente, falta que el proyecto llegue a la Sala Superior para que se discuta entre los demás magistrados de este organismo colegiado, pues dicho proyecto de resolución puede ser ratificado o rechazado por los demás versados en derecho del TEPJF; sin embargo, dado el proceso del que ha sido objeto este caso, se podría esperar que la opinión del resto de las y los magistrados le dé la razón a De la Mata Pizaña.
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