Este año, miles de personas podrán disfrutar de un período más largo de días de descanso, debido a la aprobación de vacaciones dignas de la Ley Federal del Trabajo y siempre y cuando el beneficiario tenga más de un año en la empresa para la que labora. Por ejemplo, si justo ha cumplido un año, entonces tendrá derecho a 12 días en lugar de seis como estaba autorizado anteriormente.
Con el nuevo decreto que entró en vigor a partir del 1 de enero del presente año, suelen surgir una serie de interrogantes relacionadas con el período vacacional, tales como: ¿Puedo tomar mis vacaciones en cualquier momento del año?
La respuesta inmediata es sí, aunque de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) los períodos vacacionales se fijan de común acuerdo entre el patrón y el trabajador, ya que deberá considerar sus necesidades de servicio y derechos que haya generado para poder considerar la toma de sus vacaciones.
El tiempo de anticipación para solicitar sus vacaciones dependerá de las políticas, calendario, contrato de trabajo y reglamento de la empresa para la cual presta sus servicios. Lo importante es pactar con su patrón los días que se concederán dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de su año de servicios.
Con la modificación se ampliará el tiempo para los empleados, pero de acuerdo con su antigüedad. Pues la ley modificó de seis a 12 días de vacaciones dignas para los empleados que cumplan un año en la empresa.
Luego se incrementarán dos días por año hasta llegar a 20 días en el quinto año. Posteriormente se considerará el incremento de dos días pero cada cinco años, es decir, de 6 a 10 años serán 22 días y así sucesivamente.
El decreto fue firmado y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022. Incluso el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, aplaudió el hecho y aplaudió su iniciativa.
Aseguró que “ya es un hecho” y destacó la importancia de la temporada de descanso para cada trabajador. En ese sentido, hay que recordar que los 12 o más de 12 días tomados, según sea el caso, podrán ser solicitados de manera continua o como lo prefiera el colaborador.
El mandatario mexicano insistió en que hay que trabajar, pero también descansar para poder reponerse de todo.
Hay que recordar que los patrones no podrán intercambiar (x) cantidad de dinero a cambio de un período vacacional, pues la Ley Federal del Trabajo establece que no se pueden intercambiar con una remuneración ni con dinero.
Aunque trabaje medio turno en una empresa, las vacaciones deberán contemplarse, pues estás dependerán de los años de servicio y no de la jornada de trabajo diaria.
En caso de que no quieran pagar sus vacaciones, el interesado podrá acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde será asesorado de manera jurídica y personalizada.
También podrá comunicarse a los teléfonos: 800 71 72 942 o al 800 9117 877 y 5559 98 2000. Ext 44740 y 44741. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.
SEGUIR LEYENDO