El pasado 15 de enero entró en vigor a lo largo y ancho de toda la República Mexicana el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco con la cual el Gobierno de México dispuso numerosas modificaciones al andamiaje legal en relación con la venta, promoción, comercialización, adquisición y consumo de cigarrillos y demás productos.
Entre las disposiciones establecidas se hizo especial énfasis en los espacios libres de humo, como restaurantes, bares, oficinas, playas, parques de diversiones, centros comerciales y terrazas por mencionar solo algunos. Para este nuevo reglamento la prohibición se aplicará aunque el sitio sea al aire libre.
Entre las localidades designadas como libres de tabaco se incluyeron todos los estadios de la Liga MX a partir de este Clausura 2023. El primer inmueble en México en anunciar dichas medidas fue el Estadio Jalisco quien emitió un comunicado en el que llama a sus asistentes a no fumar en el interior y tampoco en el exterior del recinto.
“Se prohíbe fumar en el interior (Palcos, gradas, butacas, cancha) y exterior del Estadio Jalisco. Para obtener más información, consulte el Artículo 65 bis del Reglamento de la Ley General para Control del Tabaco”, anunciaron por medio de un comunicado.
Hasta el momento el Estadio Jalisco perteneciente a los Clubes Unidos de Jalisco donde juegan los Rojinegros del Atlas de la Primera División en México y los Leones Negros de las UDG del Ascenso MX ha sido el único inmueble que se ha posicionado sobre el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
De acuerdo a la información del Gobierno Federal, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) será la encargada de hacer respetar las nuevas reglas en todos los espacios públicos y de igual forma atendrán las denuncias, ya que el organismo nacional tiene como objetivo que ya no se normalice el consumo de tabaco.
Entre las disposiciones mencionadas se incluyen los espacios libres de humo de tabaco, los cuales son normalmente muy concurridos, como restaurantes, bares, oficinas, estadios, playas, parques de diversiones, centros comerciales, terrazas, por mencionar solo algunos. Para este nuevo reglamento la prohibición se aplicará aunque el sitio sea al aire libre.
La multa por violar esta Ley puede ir desde los 10 mil pesos o incluso ser arrestado. El tiempo sería determinado de acuerdo con lo que se estipule en el artículo 427 de la Ley General de Salud.
Estos son los lugares donde no estará permitido fumar ni vapear, de acuerdo a la nueva norma sanitaria, los cuales son considerados de “concurrencia colectiva”:
-Centros de trabajo
-Escuelas
-Plazas comerciales
-Hoteles
-Estadios
-Transporte público (paraderos)
-Restaurante (prohibirán las aéreas para fumadores)
-Centros de espectáculos
- Espacios pequeños como terrazas, balcones, deportivos, estacionamientos, mercados y más
-Parques, centros de diversiones, planteles (fuera y dentro)
En la Ciudad de México, se sumaron otros sitios turísticos donde también será restringido el consumo del tabaco a partir del mes de enero 2023:
-Zócalo de la Ciudad de México.
-Plaza de la Mexicanidad.
-Plaza Manuel Gamio.
-Plaza del Seminario.
-Empedradillo.
-Plaza del Centro Histórico.
-Calle Francisco I. Madero o Corredor Peatonal Madero.
-Los Portales, entre la avenida 20 de Noviembre y la calle José María Pino Suárez.
-Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento.
-Los Portales de la Av. 16 de septiembre.
-Calle 20 de Noviembre.
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