Era un 25 de febrero de 2008. El reloj apuntada las doce y media de la madrugada. Azul estaba sola caminando a su casa, hasta que se acercó un vehículo de la policía para preguntarle a donde iba. Ella contestó que a su casa. “¿A estas horas? Ten cuidado porque es muy tarde”, dijeron los efectivos. A los minutos, los agentes regresaron, tomaron sus datos, la golpearon y violentamente la subieron al carro donde se encontraban. “Cabro concha de tu madre”, repetían.
Como si ser una persona trans fuera un delito, los policías arrestaron a Azul. Durante todo el camino, los efectivos violentaron psicológicamente a la joven. Al llegar a la Comisaría de Casa Grande, en la región La Libertad, el maltrato continuó. Rojas Marín fue desnudada a la fuerza, golpeada, torturada y violada sexualmente. De acuerdo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), los agentes le introdujeron una vara policial por el conducto anal. La sobreviviente fue retenida en la entidad policial hasta las seis de la mañana, pero esta detención no fue registrada. Dos días después, Azul denunció el hecho.
El mes siguiente, la Fiscalía decidió abrir una investigación preliminar contra los efectivos de dicha estación policial por el delito contra la libertad sexual en agravio de Azul Rojas Marín. El 2 de abril del mismo año, esta investigación se formalizó por los delitos de violación sexual y abuso de autoridad en contra de tres policías de la Comisaría. Luego, la víctima solicitó ampliar la denuncia para incluir el delito de tortura, pero esta fue rechazada por la fiscalía. Sin embargo, Azul apeló esta decisión fiscal y fue confirmada en agosto de dicho año.
Pese a la gravedad de los delitos, en enero del 2009, el juzgado de Perú ordenó el archivo de estas denuncias. Ante ello, la Fiscalía solicitó la reapertura de esta investigación, no obstante, diez años después, esta entidad solicitó al juzgado penal la “nulidad de las actuaciones en el proceso seguido” en contra de los efectivos policiales. En agosto de dicho año, 2019, el juez declaró improcedente el pedido de nulidad, pero la Fiscalía apeló esta decisión y fue declarado como inadmisible.
Responsables a nivel internacional
El sistema judicial peruano le negó a Azul la posibilidad de acceder a la justicia, pero ella no se rindió. El caso fue llevado por organizaciones defensores de derechos LGBT hacia la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien condenó a Perú por vulnerar los derechos fundamentales de Azul Marín Rojas. La Corte IDH ordenó al Estado seguir con las investigaciones correspondientes para identificar y sancionar a los responsables de lo sucedido con la persona. Asimismo, indicó que es necesario desarrollar una campaña para capacitar y sensibilizar a los peruanos sobre la violencia que se ejerce en contra de la comunidad LGBT.
“La Corte concluye que la detención inicial de la señora Rojas Marín fue ilegal ya que fue realizada sin atender a las causas y procedimientos establecidos en la legislación interna, incluyendo la falta de registro de la detención. Además, la detención fue arbitraria ya que la misma fue realizada por motivos discriminatorios. Asimismo, la Corte concluyó que la señora Rojas Marín no fue informada de los motivos de su detención. En consecuencia, el Estado violó, por acciones de sus agentes actuando en esa condición, los derechos reconocidos en los artículos 7.1, 7.2, 7.3 y 7.4 de la Convención, en relación con las obligaciones de respetar dichos derechos sin discriminación, consagradas en el artículo 1.1 del mismo tratado, en perjuicio de Azul Rojas Marín”, describe la sentencia.
Esta acción representó un fallo histórico, pues es primera vez que la Corte IDH considera un caso de tortura por discriminación basada en género. La sentencia fue dictada el 12 de marzo de 2020. La organización “declaró internacionalmente responsable a la República del Perú por la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida privada, a no ser sometida a tortura, a las garantías judiciales y a la protección judicial de Azul Rojas Marín, en relación con las obligaciones de respetar y garantizar dichos derechos sin discriminación y de adoptar disposiciones de derecho interno”.
En el informe emitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos explicó en el informe que es importante considerar la situación de vulnerabilidad en la cual se han encontrado las personas LGBT a lo largo de los años. “Han sido históricamente víctimas de discriminación estructural, estigmatización, diversas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales, y que la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la persona son categorías protegidas por la Convención”, informó.
Por ello, precisó que el Estado “no puede discriminar a una persona por motivo de su orientación sexual, su identidad de género y/o su expresión de género. La Corte aclaró que la violencia contra las personas LGBTI tiene un fin simbólico, en vista de que la víctima es elegida con el propósito de comunicar un mensaje de exclusión o de subordinación”.
Perú no acató recomendaciones
La Corte IDH dispuso una serie de recomendaciones a favor de Azul Rojas Marín. Dentro de ellas, se encuentra la reparación integral en favor de la víctima, las cuales incluyen: “medidas de compensación pecuniaria y satisfacción para reparar tanto el daño material como moral, así como un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado para las víctimas”.
Además de brindar tratamiento médico y psicológico para la sobreviviente y establecer “medidas administrativas, disciplinarias o penales correspondientes frente a las acciones u omisiones de los funcionarios estatales que contribuyeron a los distintos factores de denegación de justicia”. Sin embargo, según el activista Alejandro Merino, estas no han sido cumplidas.
El defensor de derechos LGBT conversó con Infobae y explicó que el caso de Azul representa un “tema emblemático” porque el Estado peruano no acató las recomendaciones que ordenó la Corte IDH. “Este organismo le ha indicado al Estado que tome una serie de acciones al respecto, pero, lamentablemente, el Estado no ha seguido estas recomendaciones. No ha asumido esas acciones”, dijo.
“El caso azul es un tema absolutamente emblemático porque, a pesar de la existencia de una resolución, de una sentencia de parte de la Corte Interamericana, el Estado peruano no ha emprendido y no ha seguido las acciones y recomendaciones que señala esa resolución”, agregó.