Ley de Identidad de Género: un antes y un después para nuestra democracia

A diez años de su aprobación, es importante recordar este acontecimiento histórico que marcó un camino a nivel internacional, pero también señalar deudas pendientes para seguir en la senda de la igualdad.

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La entonces presidenta Cristina Kirchner durante el acto de entrega de los nuevos documentos a personas trans que reconocen sus identidades, el 3 de julio del 2012 (Foto: Casa Rosada)
La entonces presidenta Cristina Kirchner durante el acto de entrega de los nuevos documentos a personas trans que reconocen sus identidades, el 3 de julio del 2012 (Foto: Casa Rosada)

Este 9 de mayo se cumplen diez años de la sanción de la Ley de Identidad de Género, un acontecimiento histórico de la democracia en nuestro país y una normativa de vanguardia a nivel internacional.

Con ella, el Estado saldó una deuda en el derecho a la identidad de las personas travestis y trans y a vivir acorde a ella, con énfasis en la sola voluntad de la persona, sin interferencias de terceros. Y comenzó a remover, a su vez, obstáculos para acceder a la educación, al trabajo, a la salud y a la protección social. Su sola sanción, por supuesto, no resolvió la violencia histórica y estructural que vienen padeciendo las personas trans, pero si habilitó su abordaje, prevención y sanción otorgando herramientas legales, culturales e institucionales.

La identidad de género se puso en la agenda de los derechos humanos y ese es un logro del movimiento travesti trans y de la diversidad y de un sector de la institucionalidad política comprometido con la ampliación de derechos. La Ley de Identidad de Género es un instrumento de expresión de la libertad, porque se basa en el deseo de vivir y ser quienes somos con dignidad.

En nuestro país, no es legítimo ni legal someter la identidad de género de una persona a la opinión de nadie. Se destierran los diagnósticos médicos, psicológicos o dictámenes judiciales; la criminalización por esa mera condición y son nulas las normas o prácticas que discriminen o obstaculicen el libre desarrollo de la personalidad como cada quien la siente. El derecho a la identidad de género también está garantizado y especialmente resguardado para personas menores de 18 años.

La modificación registral del nombre y género es un der echo, no una obligación y por ello surge un concepto revolucionario como el “trato digno”, es decir, el Estado y el resto de la ciudadanía debemos respetar esa identidad de género en nuestra oralidad o en comunicaciones escritas, aunque no figure así en el Documento Nacional de Identidad. Lo mismo ocurre con el acceso a la salud integral, las adecuaciones corporales a la expresión de género elegida son una opción, no una imposición y están cubiertas por el Plan Médico Obligatorio.

Decía que esta ley nos otorgó múltiples herramientas para avanzar y así sucedió en septiembre de 2020, con el Decreto 721 de cupo laboral travesti trans y en junio de 2021 con la Ley N°27.636 de Promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero, “Diana Sacayán - Lohana Berkins”. Estas iniciativas comprometen a los tres poderes del Estado, a los Ministerios Públicos, a los organismos descentralizados o autárquicos, a los entes públicos no estatales, a las empresas y sociedades del Estado al cupo de al menos un 1% de travestis, transexuales y transgénero en la totalidad de su personal. Estas medidas, centrales para garantizar el derecho al trabajo de travestis y trans, encuentran antecedentes imprescindibles en normativas provinciales y municipales.

En 2021, también se firmó el Decreto 476, mediante el que se incorporó una tercera opción documentaria en la categoría “sexo” en el Documento Nacional de Identidad, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género de aquellas personas que no se reconocen dentro del binario femenino/masculino.

Y en esta misma línea, se inscribe en 2019 la creación del primer Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, donde el Estado argentino asume la perspectiva de géneros y diversidad como un compromiso ineludible.

La Ley de Identidad de Género nace fundamentalmente de la urgencia por transformar las condiciones de vida de un sector de nuestra población históricamente marginado y discriminado. Aun hoy, las vidas de travestis y trans están fuertemente condicionadas por dificultades en el acceso a derechos básicos y por la exposición a violencias en el hogar, en la vía pública y, sobre todo, por parte de las instituciones. Hoy se cumplen diez años de su sanción y nos seguimos preguntando dónde está Tehuel.

Y entonces, en este balance, comienzan a surgir los desafíos. Debemos incluir la perspectiva de la identidad y expresión de género en la investigación y prevención de las violencias; asegurar la aplicación de la Educación Sexual Integral y generar ambientes escolares seguros, sobre todo para las infancias y adolescencias trans; efectivizar el cumplimiento del cupo laboral estatal pero también promover el empleo en el sector privado y en la economía popular; seguir formando a profesionales de la salud y salud mental en la atención de las personas trans y derribar la expectativa de vida brutal e indignamente baja; y proteger a las vejeces trans con medidas afirmativas que reparen esa vida recorrida atravesada por la exclusión. Todas éstas y otras tantas más son líneas de trabajo prioritarias para el Ministerio.

Sigamos avanzando para que las nuevas generaciones nazcan, se críen, eduquen y desarrollen sus vidas en un país que reconoce y valora por igual todas las identidades de género. Este décimo aniversario es libertad para todas, todos y todes, no sólo para un sector de la población. Fortalece nuestra democracia, nos ofrece una sociedad más digna y nos marca un camino de valor de la diversidad de lo humano.

La autora es Subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.

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