
Una mujer demandó a la municipalidad por un accidente ocurrido en 2008 en una plaza pública de una localidad al oeste del Gran Buenos Aires, luego de sufrir lesiones graves al caerse de un columpio y recibir atención médica que consideró deficiente. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Morón resolvió que el municipio debe abonar la mitad de la indemnización fijada, al considerar que existió una falta de mantenimiento en el espacio público, pero también adjudicó responsabilidad a la reclamante por el uso inadecuado del juego.
El expediente se inició a partir del reclamo de una mujer que, en la noche del 12 de junio de 2008, utilizaba un columpio en una plaza. La cadena de la hamaca se rompió y la usuaria cayó al suelo, lo que le provocó fracturas en el codo y la pelvis.
La demandante, asistida por su representante legal, solicitó una compensación de 288.500 pesos más intereses y costas. Argumentó que el accidente se produjo por el mal estado de la hamaca y por la falta de señalización y mantenimiento del espacio, según consta en la resolución judicial.

Tras la caída, la reclamante fue trasladada primero a un centro de salud municipal, donde fue atendida por una profesional médica. Sostuvo que allí le realizaron radiografías y, tras minimizar la gravedad de sus lesiones, recibió el alta en menos de una hora, sin diagnóstico presuntivo ni derivación especializada. A las pocas horas, al persistir el dolor, acudió a otro hospital, donde fue diagnosticada con fracturas que requirieron yeso y reposo absoluto durante varias semanas.
El fallo, al que tuvo acceso Infobae, describe que la mujer debió recibir tratamiento de rehabilitación kinesiológica y medicación para el dolor, y que durante su convalecencia perdió autonomía y necesitó asistencia de terceros para sus tareas cotidianas. También indica que, aunque mantuvo su salario básico, dejó de percibir premios y otros conceptos laborales debido a la incapacidad.
La municipalidad rechazó la demanda y negó responsabilidad, argumentando que la hamaca estaba destinada a niños de hasta 12 años y que la reclamante, mayor de edad, había hecho un uso indebido. También negó la existencia de vicios en el juego y sostuvo que el accidente se produjo por una conducta ilícita de la usuaria, dado su peso y edad.

La médica que atendió a la reclamante en el hospital municipal también fue incluida en la demanda. En su defensa, afirmó que actuó correctamente, solicitó las radiografías y recomendó la derivación a un especialista, pero que la paciente decidió retirarse por sus propios medios, interrumpiendo el tratamiento.
La compañía de seguros de la profesional médica se presentó en la causa y adhirió a la defensa, rechazando la existencia de mala praxis y solicitando el rechazo total de la demanda.
El juzgado, al analizar las pruebas, consideró acreditado que la caída se produjo por el mal estado de la hamaca, y que existió una omisión en el control y mantenimiento por parte de la municipalidad. Las fotografías y testimonios aportados describieron la plaza como un lugar con juegos deteriorados y falta de señalización.

La sentencia señala que el municipio incurrió en una “falta de servicio” al no garantizar el adecuado mantenimiento de los bienes públicos destinados a la recreación. El juez remarcó que la administración debe responder por los daños ocasionados por su omisión, especialmente cuando se trata de espacios destinados principalmente al uso infantil.
El fallo también analizó la conducta de la reclamante, quien, siendo adulta y residente cercana a la plaza, conocía el estado del lugar y utilizó un juego para niños, excediendo el peso para el que estaba diseñado. El juez determinó que ese uso inadecuado constituyó una concausa relevante del daño.
La resolución fijó la responsabilidad de la municipalidad y la reclamante en partes iguales, adjudicando un 50% de la indemnización a cada uno. El monto total, actualizado, fue establecido en 2.200.000 pesos por incapacidad física, 1.000.000 de pesos por daño moral y 220.000 pesos por gastos de farmacia y traslado.

Por otro lado, la demanda por daño psicológico fue rechazada, al no detectarse secuelas de esa índole en los informes periciales. También se desestimaron los reclamos por lucro cesante, daño estético y tratamiento kinesiológico adicional, ya que no se acreditaron perjuicios efectivos en esos rubros.
Respecto a la médica demandada, el juez descartó la existencia de negligencia en la atención brindada en el centro de salud municipal. Según el peritaje, la profesional ordenó los estudios pertinentes y recomendó la derivación a un especialista, por lo que no se configuró mala praxis.
Los intereses sobre la suma indemnizatoria se calcularán en un primer tramo al 6% anual desde la fecha del accidente, y luego se actualizarán por el índice de precios al consumidor hasta el pago efectivo, siguiendo el criterio fijado por la Suprema Corte bonaerense.

La sentencia establece que el pago deberá realizarse en un plazo de sesenta días una vez firme la liquidación, e impone las costas del proceso en partes iguales entre la municipalidad y la reclamante.
El fallo subraya la obligación de los municipios de garantizar el mantenimiento de los juegos y espacios públicos, especialmente cuando están destinados a menores, y advierte sobre la relevancia del uso adecuado de estos bienes por parte de los usuarios.
Últimas Noticias
Una familia fue a un homecenter, sufrió un accidente dentro del local y ahora la empresa deberá pagarles una indemnización
Ocurrió en Quilmes. Cuatro integrantes de un grupo familiar terminaron afectados por un incidente con un producto que no estaba debidamente custodiado en las góndolas. Tras un litigio iniciado en 2018, la Justicia civil falló contra la cadena por incumplir con el deber de seguridad. ¿Qué producto desencadenó el hecho y qué ocurrió?

Tras un largo conflicto judicial entre vecinos, un fallo obliga a un propietario a podar cada año su árbol
En una zona residencial de Berisso, un ejemplar de ibirá pitá se convirtió en el centro de una batalla legal por la caída constante de hojas y flores. Tras años de hostigamiento y reclamos cruzados, un fallo marcó un límite al derecho de propiedad. ¿Por qué el dueño del árbol terminó perdiendo la contrademanda y qué deberá hacer cada año de ahora en adelante?

ARA San Juan: un ex tripulante analizó el estado operativo del submarino y analizó el último mensaje de la nave
El Capitán de Corbeta Luis Ficossecco, ex tripulante del submarino entre 2015 y 2016, declaró en el juicio oral que se desarrolla en Río Gallegos, donde evaluó los alcances del ICEM como herramienta para determinar si un buque está en condiciones y habló sobre el SITREP enviado horas antes del siniestro

El Consejo de la Magistratura votará si manda a juicio político a dos jueces investigados por corrupción y abuso
La Comisión de Acusación sesiona para decidir si cita a declarar a Gastón Salmain, procesado por una coima de 200 mil dólares, y a Patricio Maraniello, acusado de maltratos y censura previa. Si la citación prospera, el paso siguiente es el jury de enjuiciamiento


