ANDIS: la Cámara Federal rechazó el pedido de Diego Spagnuolo para que le devolvieran USD 80 mil

Los jueces de la Sala II confirmaron la medida, que mantiene inmovilizados los billetes incautados al ex director de la Agencia Nacional de Discapacidad en el marco de una causa penal por corrupción

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Diego Spagnuolo, ex titular de
Diego Spagnuolo, ex titular de la ANDIS

La Cámara Criminal y Correccional Federal resolvió este jueves denegar un pedido formulado por la defensa de Diego Spagnuolo, ex titular de la disuelta Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), quien había solicitado la restitución de 80.000 dólares y 2.000 euros que le fueron secuestrados del interior de una caja de seguridad a su nombre.

Con las firmas de los camaristas Martín Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah, el tribunal confirmó la resolución dictada en primera instancia, manteniendo los fondos afectados al proceso penal en el que el ex funcionario se encuentra procesado por hechos de corrupción en perjuicio del Estado.

La controversia se originó a partir de una estrategia defensiva basada en la trazabilidad temporal del dinero. Los abogados de Spagnuolo apelaron la negativa del juzgado a devolver los montos incautados con el argumento de que la medida carecía de sustento lógico y legal. En su presentación, la defensa técnica subrayó que el dinero permanecía inmovilizado en la caja de seguridad desde abril de 2023, fecha en la que se registró el último movimiento de la cuenta.

Bajo esa premisa, sostuvieron que resulta inviable considerar que esos billetes sean el producto de los presuntos delitos investigados, dado que su depósito es cronológicamente anterior a la asunción de Spagnuolo como funcionario público, cargo para el cual fue designado tras la llegada al poder del presidente Javier Milei en diciembre de ese mismo año.

Ante ese argumento, el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 5, Franco Picardi, se opuso enfáticamente a la restitución del capital. Indicó: “Existen múltiples razones por las cuales la fiscalía entiende que, por el momento, corresponde rechazar las solicitudes formuladas por Diego Orlando Spagnuolo”. Para fundamentar su postura, el fiscal detalló: “Entre ellas se destacan el estado de la investigación, así como la existencia y estructura de la asociación investigada y las posibles penas pecuniarias y costas que podrían ser aplicables en el caso”. Picardi advirtió que estas particularidades impiden hacer lugar a lo solicitado en esta etapa del proceso.

La postura fiscal fue receptada por el Juzgado Federal N.º 11, que al momento de adoptarse las medidas restrictivas estaba subrogado por Sebastián Casanello. Al rechazar la petición, Casanello fundamentó su decisión señalando que el dinero secuestrado podría ser parte del posible delito que se investiga, resultando necesario para garantizar eventuales reparaciones económicas, penas pecuniarias y decomisos, según consta en el documento judicial que fue elevado a la Cámara para su revisión.

Diego Spagnuolo en Comodoro Py
Diego Spagnuolo en Comodoro Py

Al analizar la apelación, los camaristas Irurzun, Boico y Farah remarcaron el grave cuadro probatorio que enfrenta el ex titular de la ANDIS. Recordaron que, tras prestar declaración indagatoria, Spagnuolo fue procesado bajo la acusación de haber cometido negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y por su presunto rol como jefe de una asociación ilícita. La Justicia determinó que Spagnuolo lideró lo que en el expediente se describió como un mecanismo de corrupción institucionalizado en las adquisiciones llevadas a cabo por la Agencia Nacional de Discapacidad, afectando fondos públicos.

Respecto al proceso, el juzgado instructor trabó un embargo patrimonial sobre los bienes de Spagnuolo por $202.828.725.464. Esta suma representa el cálculo oficial sobre el daño económico que la asociación investigada habría provocado a las arcas de la Nación mediante contrataciones y licitaciones irregulares.

En este contexto, la Cámara Federal sostuvo que la medida cautelar sobre los USD 80.000 y 2.000 € hallados en la caja de seguridad está amparada por el derecho aplicable. Al invocar el artículo 518 del Código Procesal Penal de la Nación, el tribunal ratificó que las cautelares patrimoniales en procesos penales buscan asegurar los recursos inmovilizados necesarios para ejecutar las penas de multa y resarcir el daño económico causado a la administración pública en caso de una sentencia condenatoria firme.

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