Le otorgaron la prisión domiciliaria a Santos y Mathov, condenados por la represión del 19 y 20 de diciembre

El ex jefe de la Policía Federal y quien fuera secretario de Seguridad de De la Rúa habían sido detenidos a mediados de septiembre cuando sus condenas quedaron firmes. Completarán sus condenas en barrios cerrados

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Rubén Santos, en el medio,
Rubén Santos, en el medio, durante una de las audiencias del juicio oral por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001 (Foto: Télam)

El ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos y el ex secretario de Seguridad de la Nación Enrique Mathov recibieron la prisión domiciliaria en la causa en la que tienen condena firme por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, en el fin del gobierno de Fernando De la Rúa. Ambos estarán detenidos en barrios privados de la provincia de Buenos Aires.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que la jueza del Tribunal Oral Federal 6 de Comodoro Py Adriana Palliotti aceptó los pedidos de arresto domiciliario por cuestiones de salud y por las edades de Santos, 78 años, y de Mathov, 76. Tanto la Fiscalía, como las querellas y las víctimas de la represión estatal se habían opuesto.

Los ex funcionarios quedaron detenidos a mediados de septiembre luego que la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó sus condenas y así las dejó firmes: tres años y seis meses de prisión para Santos y cuatro años y tres meses para Mathov.

Mathov y Santos fueron condenados por los homicidios culposos de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón y por 25 casos de lesiones culposas, entre ellas la del ex ministro del Interior y actual senador nacional Eduardo “Wado” De Pedro. Ambos fueron condenados como responsables políticos de la represión a los manifestantes en Plaza de Mayo y alrededores que protestaban contra el gobierno de De la Rúa por la situación de crisis económica y social que vivía el país.

Como secretario de Seguridad, Mathov le dio el 20 de diciembre la orden a Santos de despegar la Plaza de Mayo. La noche anterior la policía había reprimido a los manifestantes que pedían la renuncia de De la Rúa. El secretario de Seguridad estaba preocupado porque el entonces presidente tenía que ingresar a la Casa Rosada y la protesta parecía descontrolarse. Había saqueos en distintos puntos del pais y estaba declarado el estado de sitio. De la Rúa fue investigado y sobreseído.

Con la confirmación de las condenas, la jueza Palliotti ordenó sus detenciones. Mathov se presentó el 19 de septiembre en los tribunales de Comodoro Py y lo propio hizo Santos el 23 del mismo mes tras regresar de un viaje a España. Mathov cumplirá con su pena el 22 de mayo de 2028, mientras que Santos lo hará el 28 de septiembre de 2027. Las defensas de ambos -que quedaron detenidos en la Unidad 19 de Ezeiza de régimen semiabierto- pidieron sus prisiones domiciliarias.

La represión de la Policía
La represión de la Policía Federal en Plaza de Mayo (Foto: AFP)

Ante eso se inició el trámite con los estudios médicos y ambientales de rigor y la opinión de las partes. A principios de noviembre se hizo una audiencia en la que familiares de Lamagna, Almirón y Riva y las víctimas Fernando Rico, Claudia Aguilera y Julio Talavera pidieron que se rechacen la prisión domiciliarias.

Lo mismo hicieron los abogados querellantes Rodrigo Borda y Rodolfo Yanzón y el fiscal Nicolás Czizik. La Fiscalía señaló que la Unidad 19 cuenta con la atención médica necesaria para Santos y Mathov así como de hospitales cercanos para cualquier emergencia, entre otros argumentos como la oposición expresa de las víctimas.

Los informes médicos de Santos concluyeron que sufre hipertensión arterial, insuficiencia aórtica moderada, antecedentes de nódulos pulmonares y de cólicos renales a repetición con colocación de catéter doble, entre otras descripciones. También que tenía riesgo de muerte súbita.

En su fallo, la jueza Palliotti destacó que desde el 19 de diciembre pasado el ex jefe de la Policía Federal está internado en el Sanatorio Finochietto a donde fue derivado por una urgencia luego de sufrir un síndrome colestático secundario a lesión en páncreas. “Dicho episodio es demostrativo, en algún punto, de ´complicaciones´ en su estado de salud, tal como se predijo en el último de los informes citados, lo que denota un agravamiento en su estado de salud”, sostuvo la magistrada.

“La detención en la unidad penitenciaria podría agravar más aún su estado de salud -lo que ha ocurrido recientemente- y/o impedir que el condenado reciba en un tiempo adecuado los cuidados y la atención médica necesaria, habida cuenta que sus patologías son crónicas, evolutivas y progresivas, con riesgo de muerte súbita ante la posibilidad de intercurrencias, por sus múltiples comorbilidades, que lo descompensen”, concluyó para darle la prisión domiciliaria a Santos.

Por su parte, Mathov -según los informes- tiene antecedentes de hipertensión arterial, enfisema, cáncer de colon operado en 2023, operado de cataratas bilateral y síndrome depresivo y su cuadro requiere distintos tipos de controles. La magistrada sostuvo que se trata de “afecciones incurables”.

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Mathov, sentado solo en la segunda fila, en una de las audiencias del juicio oral (Foto: Télam)

“En este sentido, valorando la edad de Enrique José Mathov y su situación de salud que se advierte, no solo del contenido de los informes médicos, sino que también de los demás organismos que han intervenido en esta incidencia, considero que las afecciones evidenciadas revisten entidad suficiente a los fines de acceder al arresto atenuado”, concluyó para otorgarle el arresto domiciliario.

Santos lo cumplirá en un barrio cerrado de la localidad bonaerense de Canning y Mathov en otro de Berazategui. Tanto la Fiscalía como las querellas podrán apelar el fallo.

La magistrada también señaló en su fallo que “el impacto desproporcionado que provoca la vida intramuros para el condenado en cuestión, atendiendo a su situación sociocultural, al nivel de instrucción y al prologado tiempo transcurrido desde el dictado de la primigenia condena (Nda: el tribunal oral la dictó en 2016) hasta su firmeza (casi el triple de tiempo de la pena impuesta) conspira contra todo efecto resocializador”.

La jueza agregó que esos aspectos “deben ser valorados juntamente con el estado de salud” de Santos y Mathov “lo que me persuade de que, el arresto solicitado resulta la mejor forma de equilibrar el cumplimiento de la pena impuesta y los fines que deben tenerse en cuenta a la hora de ejecutar cualquier condena”. Al respecto, corresponde evitar que, el modo de ejecución de la pena, la torne más gravosa, máxime cuando se trata de condenas como la aquí impuesta", agregó en referencia a los cuatro años y tres meses de prisión para Mathov y los tres años y seis meses para Santos.

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