La Corte Suprema se encamina a resolver la reelección indefinida de Gildo Insfrán en Formosa

El gobierno provincial pidió que se rechace el amparo presentado y la oposición ratificó su planteo para que se declare la inconstitucionalidad. El máximo tribunal le pidió opinión a la Procuración General de la Nación y luego quedará en condiciones de dar su fallo

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El gobernador de Formosa, Gildo
El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán

La Corte Suprema de Justicia avanzó para quedar en condiciones de resolver el amparo en el que se reclama la inconstitucionalidad de la reelección indefinida en Formosa que le permite a Gildo Insfrán estar en ejercicio de su octavo mandato consecutivo. El gobierno de Formosa ya contestó la demanda y pidió que se la rechace, la Confederación Frente Amplio Formoseño -quien inició la causa- respondió y el máximo tribunal le pidió opinión al procuradora general de la Nación, Eduardo Casal.

Cuando el procurador conteste -la Corte Suprema no le dio plazos- el máximo tribunal quedará en condiciones de resolver. La Corte tampoco tiene plazos para resolver por lo que definirá en qué momento dar el fallo que tendrá impacto político por el futuro de Insfrán, sino que marcará si las provincias tienen o no límites para fijar los mandatos de gobernador en base a la Constitución Nacional.

“Dese vista a la Procuración General de la Nación para que dictamine sobre todas las cuestiones involucradas en la causa”, dice el oficio de la Corte Suprema del miércoles pasado y al que accedió Infobae. Así Casal tiene todo el expediente para resolver. El procurador general ya había dicho en mayo que la Corte Suprema no tenía que intervenir en el caso porque no es de su competencia originaria. Sin embargo, señaló que “podría decidir la intervención procesal que considere pertinente”, ya que en otros casos así lo hizo.

La Confederación Frente Amplio Formoseño es la oposición a Insfrán en Formosa y el año pasado pidió que se declare la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”. Fue incorporado en la reforma constitucional de 2003. En junio del año pasado Insfrán ganó las elecciones y obtuvo su octavo mandato como gobernador. Ha sido reelecto de manera consecutiva en 1999, 2003, 2007, 2011, 2015, 2019 y 2023. Antes había sido dos veces vicegobernador.

La oposición sostiene que la Constitución de Formosa viola tres artículos de la Constitución Nacional -el 1, 5 y 123-, por lo que la Corte Suprema está habilitada para intervenir en el caso. Explicaron que si bien las provincias tienen autonomía para dictar sus propias constituciones, la reelección indefinida es contraria a la carta magna nacional. Sostuvieron que el artículo 5 de la Constitución Nacional establece que “cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”.

Los jueces de la Corte
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Hace 10 días la fiscal de Estado de la provincia, Stella Maris Zabala, pidió que se rechace el amparo. Planteó que la Corte no es la instancia para debatir el planteo-sino que debe tratarlo la justicia provincial-, que la reelección indefinida se estableció en 2003 en una Convención Constituyente que convocó el gobierno de Insfrán, que la Confederación no tiene un perjuicio porque puede presentarse a elecciones y que el planteo es abstracto porque fue para impugnar la postulación del gobernador en las elecciones del año pasado que ya se hicieron y ganó.

También planteó que la Legislatura de la provincia -donde el oficialismo tiene abrumadora mayoría- aprobó el mes pasado un proyecto de Insfrán para convocar a una convención constituyente que reforme la Constitución y entre los puntos a analizar está el artículo 132. No para cambiar la reelección indefinida sino para fijar la paridad de género en los cargos electivos. Para la provincia, si la Corte Suprema acepta el amparo y declara la inconstitucionalidad “configuraría una grave e insostenible interferencia de parte de uno de los Poderes del Gobierno federal sobre la autonomía de la Provincia de Formosa para definir y elegir democráticamente a sus autoridades de Gobierno”.

Ese planteo fue contestado por la Confederación Frente Amplio Formoseño a través del abogado Juan Sebastián Montoya. Allí se rechazaron los argumentos de la provincia y la oposición pidió que se haga lugar al amparo y se declare inconstitucional la reelección indefinida en Formosa.

“¿Como pueden desentenderse de los efectos nocivos sobre el sistema republicano que la permanencia en el cargo por más de 29 años como gobernador produce? Qué duda cabe de ello si conscientemente y de manera planificada se utilizan los 365 días del año para adoctrinar niños desde el preescolar hasta el nivel terciario y universitario, comenzando por la entrega de útiles, y guardapolvos en la totalidad de establecimientos educativos conteniendo la referencia expresa a que son provistos POR EL GOBERNADOR, del mismo modo que se entregan juguetes DOS VECES AL AÑO en bolsas que se identifican con EL GOBERNADOR, se reparten bolsas navideñas y ayuda a los necesitados (con alimentos) con un empaque impreso identificando tal entrega con EL GOBERNADOR, se estudian materias sobre la historia reciente de Formosa destacando al SEÑOR GOBERNADOR, se distribuyen, enseñan y aprende con material pedagógico que desarrolla EL MODELO FORMOSEÑO iniciado en 1995 con el SEÑOR GOBERNADOR”. planteó la Confederación entre otros ejemplos.

El procurador general Eduardo Casal
El procurador general Eduardo Casal

También rechazó el argumento de la reforma constitucional convocada porque no hace referencia explícita a una posible reforma del artículo 132. “Solo quien convocara al proceso de reforma, esto es el -Gobernador Gildo Insfrán-, conoce el contenido concreto de la reforma”, sostuvieron.

Y sobre ese punto agregaron: “, con lo cual se abre un abanico infinito de posibilidades las que podrían llevarnos a escenarios aún peores que los denunciados en el presente caso, ya que la reforma podría; a) agregar la palabra indefinida al texto actual, el que reza que el Gobernador puede ser reelecto; b) agregar ser reelecto por 9 períodos, 10 períodos, 12 períodos etc; c) volver al texto de la anterior Constitución Reformada en 2003 habilitando la reelección por un solo periodo agregando una cláusula transitoria que rige hacia el futuro con lo cual lo habilitaría nuevamente a continuar como Gobernador, todas las posibilidades expuestas, que lo son a titulo ejemplificativo, evidencia que lejos de resolver la cuestión planteada la reforma puede profundizar aún más las vulneraciones convencionales denunciadas”.

El mismo día que la Confederación respondió, la Corte le pidió opinión a Casal. Cuando el Procurador presente su dictamen, el máximo tribunal quedará en condiciones de resolver.

Contra la reelección indefinida de Insfrán hay otras dos causas en la Corte Suprema. Son las que presentaron el diputado nacional de la UCR Fernando Carbajal y el senador nacional Francisco Paoltroni. Son similares al amparo de la Confederación Frente Amplio Formoseño pero están unos pasos más atrás en términos del proceso ya que la provincia todavía no fue notificada para responder las demandas.

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