Corrientes: confirmaron las condenas contra un padre y un hijo por irregularidades durante sus gestiones en una municipalidad

El Superior Tribunal de Justicia provincial rechazó sus planteos para revisar sus penas de prisión. También quedó firme el reproche penal por incumplimientos públicos contra un familiar cercano de los dos condenados

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Sede del Supremo Tribunal de Justicia de Corrientes
Sede del Supremo Tribunal de Justicia de Corrientes

Algunos medios locales los apodan el “Clan Pelozo”. Un padre y su hijo, junto a otro familiar cercano, con responsabilidades máximas dentro de la municipalidad correntina de San Roque, quedaron con condenas firmes por decisión del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Las penas oscilaron entre uno y tres años de prisión y el doble de inhabilitación especial. Los motivos: una serie de incumplimientos a la normativa que regula la administración pública, además de numerosas irregularidades financieras en ese ámbito, como la emisión de cheques sin respaldo a nombre de la comuna.

Se trata de Orlando Raúl Pelozo, intendente entre 2001 y 2013, su hijo Carlos Guillermo Pelozo, sucesor de ese cargo hasta 2017, y el primo de este último, Marcelo Fabián Pelozo, secretario de Hacienda y funcionario durante las dos gestiones. Todos ellos, desde sus albores en la militancia política, pertenecientes al Partido Liberal que integra la alianza Encuentro Por Corrientes.

El expediente se inició por una denuncia promovida por el actual jefe comunal de San Roque, Raúl Hadad, quien al vencer en la competencia electoral de 2017 e impedir la reelección de Carlos Pelozo, ordenó una auditoría interna que duró aproximadamente dos meses. Con sus resultados, le encomendó al asesor letrado de la municipalidad, Juan Cubilla Podestá, que impulse una causa contra los exfuncionarios por la concreción de presuntas anomalías administrativas y financieras, tales como la emisión de centenas de órdenes de pago por montos millonarios sin sustento legal y a cuenta del municipio, todas en favor de proveedores ficticios.

La pesquisa se desarrolló durante alrededor de cuatro años. Una vez elevado el trámite penal a debate público, en 2022 el Tribunal Oral Penal de Goya, con asiento en la II Circunscripción Judicial, halló culpables a los tres por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Allí Marcelo Fabían Pelozo recibió dos años y seis meses de prisión efectiva por perpetrar ese ilícito en modalidad “continuada”. Su primo Carlos Guillermo obtuvo tres años de cárcel efectiva, y su padre, en tanto, fue sentenciado a un año de prisión condicional. Todos sufrieron, a su vez, la sanción de inhabilitación especial para ejercer cargos por el doble de tiempo de sus penas.

Orlando, Carlos y Marcelo Pelozo, condenados por incumplimiento a los deberes públicos por distintas maniobras ejecutadas desde la Municipalidad de San Roque, Corrientes (Gentileza: Diario El Libertador)
Orlando, Carlos y Marcelo Pelozo, condenados por incumplimiento a los deberes públicos por distintas maniobras ejecutadas desde la Municipalidad de San Roque, Corrientes (Gentileza: Diario El Libertador)

En rigor, y de acuerdo a lo que se tuvo por cierto en la Sentencia 250/2022, Carlos Pelozo, como jefe comunal, y Marcelo Pelozo, en su rol de secretario de Hacienda, libraron 358 cheques del Banco de Corrientes sin respetar los recaudos legales establecidos en la Ley N° 5571 ni en el Decreto N° 2035/16. Estas órdenes de pago diferido, ejecutadas en plena campaña electoral de 2017, carecieron de registros administrativos o respaldos documentales.

También se comprobó que en ese mismo año los primos Pelozo impulsaron órdenes de compra al Lubricentro El Aguará por autopartes y lubricantes. Esos pagos, que ascendieron a más de $113.600, se efectuaron mediante cheques que tampoco cumplieron con los procedimientos exigidos. Además, durante casi una década, desde 2008, Orlando Pelozo y luego su hijo omitieron publicar los actos de gobierno en el Boletín Oficial, violando lo estipulado en la Constitución de Corrientes y la Ley Provincial N° 6042.

Con todo, el fallo condenatorio fue apelado por la defensa unificada y el trámite recayó, así, en el Superior Tribunal de Justicia. En esa instancia, los jueces Alejandro Alberto Chain, Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Niz y Guillermo Semhan consideraron que los actos de gestión analizados fueron implementados “sin justificación alguna” y mediante “conocimiento pleno de la necesidad de respetar la norma vigente”, publicó este jueves el portal del Poder Judicial de Corrientes.

El ministro Chain, en un voto que luego fue acompañado por sus colegas, señaló que los acusados exhibieron una “voluntad de apartarse de la normativa legal vigente y de desobeder los procedimientos que les correspondía aplicar en sus funciones públicas”. También remarcó que maniobraron con “pleno conocimiento de la ley” y como parte de una “decisión consciente y sistemática” para sortear la norma.

La Suprema Corte rechazó el recurso y confirmó, de ese modo, todas las condenas. Los encausados reservaron su derecho a presentar un planteo ante el Máximo Tribunal federal.

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