El juez federal Sebastián Casanello comenzó a dar por cerrada la investigación del primer tramo de la causa contra el Polo Obrero, luego de que la Cámara Federal confirmó el jueves pasado el procesamiento de Eduardo Belliboni y otros referentes de esa agrupación, aunque agravó los delitos en su contra por “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, amenazas coactivas y extorsión”, que implican penas de hasta 15 años de prisión.
Según revelaron fuentes judiciales a Infobae, el magistrado corrió vista a los acusadores para que evalúen el paso a juicio oral. Luego fijarán su posición las defensas. “Estimándose completa la instrucción respecto de los hechos por los que fueron procesados las personas previamente nombradas, y a fin de dar cumplimiento al mandato de celeridad remarcado por el tribunal revisor -lo que supone también concentrar esfuerzos en las restantes líneas de investigación-, córrase vista de manera sucesiva a las querellas constituidas y a la Fiscalía interviniente en los términos del art. 346 del Código Procesal Penal”, señala la notificación del juez Casanello.
Además de Belliboni, la decisión abarca a María Isolda Dotti, Gianna Puppo, Elizabeth del Carmen Palma, Jeremías Cantero, Iván Ezequiel Candotti, Gustavo Guillermo Vásquez, Cynthia Delgado Vilches, Dina Patricia Iramain, Brisa Noelia Paucara Choque, Elizabeth Galindo Mamani, Roberto Adrián Albornoz, Mariano Alejandro Centanni, Erica Tamara Lubenfeld, Iván Ortíz, Ezequiel Adrián Coeg. También fueron procesadas Gloria Paraguay Estrada y Rossmery Grande Arancibia, integrantes de la agrupación Barrios de Pie.
Según la acusación, parte de los $360 millones que el Polo Obrero y la Cooperativa de Trabajo El Resplandor Limitado recibieron como unidades de gestión del Potenciar Trabajo fueron destinadas a empresas que hacían facturas truchas o a una imprenta, que está ligada al Partido Obrero. La sospecha es que esos recursos eran triangulados para financiar el partido.
En su resolución, el magistrado siguió los lineamientos dispuestos por la Sala I de la Cámara Federal que, al confirmar los procesamientos, entendió que la prueba hasta aquí reunida permitía tener por “acreditada tanto la materialidad objetiva como subjetiva de los hechos relativos a la administración fraudulenta de los fondos públicos que se les había confiado, como las distintas exigencias dirigidas a los beneficiarios de los planes sociales para que actúen en contra de su voluntad”.
Pero hay otra parte de la causa que seguirá investigándose: la que salpica a los funcionarios públicos durante el gobierno de Alberto Fernández. “Si bien la actividad de funcionarios públicos que hubieran sido conniventes con esa administración fraudulenta actuando de forma coordinada con las autoridades del Polo Obrero es parte de la investigación que debe profundizarse, de conformidad con el plexo probatorio reunido hasta el momento, forma parte del contexto general de administración infiel”.
El fallo de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens señaló que “la solicitud del acusador público de convocar a indagatoria a los ex integrantes del otrora Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y disponer diversas medidas cautelares” no correspondía “de momento” en busca de “elaborar una teoría del caso razonable que repose sobre una hipótesis convincente que se nutra de evidencias que permitan la formalización de cargos”.
El foco de la fiscalía apunta a Emilio Pérsico, líder del Movimiento Evita que fue responsable de la Secretaría de Economía Social durante el Gobierno de Alberto Fernández. Lo acusó de encabezar una “matriz de corrupción” que permitió que el Polo Obrero “extorsionara a beneficiarios de planes sociales” y usara el dinero que recibía para financiar sus actividades partidarias.
Desde el Polo Obrero rechazan el curso de la investigación y el fallo de la Cámara Federal. “Es un golpe contra la libertad de organización y de movilización, a la medida de las necesidades de Patricia Bullrich, Javier Milei y Sandra Pettovello, responsables del desabastecimiento masivo de los comedores populares en todo el país”, dijeron. Según afirmaron, el agravamiento de los delitos busca que los imputados no puedan “salir libres con una probation”. Lo que se busca, señaló la organización, es “amedrentar y golpear una organización cuya característica ha sido estar a la cabeza de la lucha contra el hambre y el ajuste bajo todos los gobiernos del país”.
El caso comenzó el 20 de diciembre, el día que se preparaba la primera movilización de piqueteros contra Javier Milei. Aquel día se habilitó el número 134 del Ministerio de Seguridad para que los ciudadanos hicieran denuncias anónimamente. El Gobierno aseguró que recibió miles de llamado y radicó la denuncia en Comodoro Py. Con la instrucción delegada, el fiscal Gerardo Pollicita acotó 45 llamados en la zona CABA, intentó localizarlos, solo algunos aceptaron declarar en la causa y con esos testimonios avanzó para pedir detenciones y allanamientos. El juez Casanello rechazó por prematuro el pedido pero con el aval de la Cámara Federal se ordenaron las primeras diligencias, sin detenciones. Eso ocurrió en el 13 de mayo, día en que el expediente irrumpió en el escenario político y periodístico.
A partir de entonces, el juez Casanello avanzó sobre la pista del lavado de dinero: fue porque en los allanamientos encontró pruebas de facturas truchas y sospechas de facturación apócrifa. Llamó a una veintena de referentes, encabezados por Belliboni a indagatoria. Todos negaron las acusaciones. El juez terminó dictando procesamientos, pero el fiscal apeló por las figuras penales que no alcanzaban a los líderes del Polo Obrero y porque quería que se llamara a indagatoria a Emilio Pérsico, el hombre del Movimiento Evita que fue funcionario en el Ministerio de Desarrollo Social y que, según la fiscalía, estaba de los dos lados del mostrador.
Para la Cámara Federal, a través de los chats analizados en la causa quedaba claro que “uno de los motivos por los cuales la gente en situación de vulnerabilidad y en virtud de esta precaria condición seguía incorporándose a las filas del Polo Obrero y no a otras unidades de gestión. El motivo era claro: la contraprestación exigida para cobrar el plan era participar de las actividades anunciadas (“marchar”), en lugar de cumplir con una labor y horario fijo”.
“Llega tarde y se va temprano no se las va a contabilizar como movilización completa”, decía un mensaje del 02/11/2023. “Si no se moviliza, no se suma a las jornadas y todo lo demás, se va a perjudicar ella, no otra persona. Y cuando tengamos que hacer recategorizaciones o ‘altas por bajas’, se va a ver afectada, eso tiene que entender. Y si no puede movilizarse porque tiene una discapacidad, bueno, tendrá que presentar un certificado”. “De los mensajes transcriptos se desprende que, a diferencia de otras unidades de gestión menos “flexibles” donde debían concurrir todos los días de 8 a 14, se validaba como la contraprestación exigida para recibir el subsidio, por fuera de lo estipulado en los convenios celebrados con la unidad de gestión y la reglamentación del propio Plan Potenciar Trabajo. Todos estos elementos ponderados por el juez en su resolutorio demuestran a las claras que el hecho de asistir a una movilización no era algo voluntario sino una obligación con consecuencias negativas en caso de incumplimiento” se señaló.
La Cámara Federal también hizo hincapié en la presunta exigencia el día de la PASO del 2023 de votar por los candidatos del Polo Obrero, “debiendo enviar una fotografía como constancia de ello”, lo que confirmaría “el desvío y aprovechamiento de la política pública para fines propios de la organización, en este caso partidarios y en contexto electoral”. El capítulo de relevancia del fallo tiene que ver con las revelaciones de los “arrepentidos” que sobre la exigencia de cápitas, para desvirtuar la explicación en torno a que la entrega de dinero era voluntaria.
Chiquito Belliboni siempre mandó por Whatsapp en el grupo de Polo CABA (...) audios de un minuto, dos minutos, a veces más también diciendo que nosotros teníamos que convocar a la gente con fuerza a la movilización, siempre con fuerza y a esa gente nosotros teníamos que avisarles personalmente que tenían movilización o enviar por los grupos, no sé, ellos nos mandaban el instructivo también, mandaban unas fotos diciendo la dirección exacta donde iba a ser la movilización (...) poner la información esa digamos que ellos nos dan (...) media hora antes, con fuerza todo (...) y lo mismo de Jeremías”, dijo uno de los imputados-colaboradores que declararon en la causa. Jeremías es Jeremías Cantero, el número dos del Polo Obrero y a quien también se le pide ampliar el procesamiento por extorsiones.
Según el fallo, “las acciones ilícitas descriptas no eran actos aislados perpetrados por individuos particulares, sino que evidencian un esquema centralizado. La forma en que se llevaron a cabo revela que, desde las más altas esferas de la organización social involucrada, se planificaban y comunicaban las tareas y aportes que debían imponerse a los beneficiarios, fuera del marco establecido por el Estado. Todo esto se hacía en beneficio propio de la organización y bajo amenazas concretas. Entre las prácticas más destacadas se incluyen la obligación de asistir a movilizaciones y la solicitud de fotografías como prueba, la confección de listas de personas castigadas, la imposición de multas por no asistir a las marchas, la exigencia de justificar las ausencias mediante comprobantes, y el cobro de aportes dinerarios obligatorios por parte de los beneficiarios”.
Para la Cámara Federal, “no se puede sostener que solo haya existido una víctima de estas exigencias injustas, ni que el aprovechamiento de los recursos humanos para actividades político-partidarias se limitara únicamente a quienes estaban a cargo de los comedores, delegados o referentes. En realidad, este esquema involucraba también a quienes lideraban el movimiento social, quienes fueron los verdaderos beneficiarios de dichas exigencias. Ellos eran los encargados de disponer del dinero recaudado en efectivo, el cual posteriormente se depositaba en las cuentas bancarias de las organizaciones”.