En un expediente judicial donde por primera vez se ordenó el decomiso anticipado de criptoactivos, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata ratificó el procesamiento de tres hombres acusados de integrar una asociación ilícita dedicada a explotar y administrar juegos de azar de manera fraudulenta y de lavar dinero originado en apuestas online desarrolladas sin autorización. La decisión estuvo en línea con la postura de la fiscalía general e implicó, además, el dictado de prisión preventiva para los imputados.
Para los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, las conductas desplegadas por los tres encausados configuraron una asociación ilícita cuyos bienes no podían justificarse por medio de la actividad registrada ante los organismos estatales, publicó este miércoles el Ministerio Público Fiscal (MPF). Dicha conclusión estuvo en sintonía con el dictamen de la Fiscalía General, a cargo de Daniel Adler, quien estipuló que los acusados “se habrían dedicado a la organización y explotación de diferentes tipos de juegos de azar mediante apuestas online, lo que se habría desarrollado sin autorización de la autoridad de control de manera diagramada y coordinada”.
En ese orden, el dictamen acusatorio remarcó que las apuestas corroboradas en la instrucción penal, presuntamente gestionadas y promovidas por imputados, “generan un grave daño a niños, niñas y adolescentes y a la sociedad toda, distorsionando el valor del esfuerzo y del trabajo para el logro del desarrollo humano”.
Además, el representante del Ministerio Público Fiscal planteó que había elementos suficientes para acreditar el contrabando y la posterior venta de teléfonos de alta gama y otros dispositivos electrónicos en franca infracción a la normativa del Código Aduanero. También consideró corroborados tanto la explotación como el manejo de distintos juegos de azar virtuales, que habrían conformado el ilícito que precede al lavado de activos.
Las actuaciones recayeron en la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad balnearia tras un recurso de impugnación presentado por los procesados en primera instancia por el juez de instrucción Santiago Inchausti. Así, al intervenir en el caso tras el dictamen del fiscal Adler, la alzada evaluó que la explotación, administración, operación y organización del supuesto casino clandestino “podría enmarcarse como un delito precedente del lavado de dinero”, informó en su portal el MPF.
En su resolución, los camaristas explicaron que “la información proporcionada por Binance (más alla de la existencia de otras billeteras virtuales), se convierte en un elemento de cargo que daría cuenta que las operaciones realizadas en criptoactivos representan sumas relevantes que no encuentran respaldo con las actividades lícitas de los sindicados”.
También precisaron que el monto de dinero y la cantidad de activos hallados en las billeteras de los los imputados -con dólar cripto o USDT, adquiridos al menos desde 2021-, llevaban a “afirmar que aquellos se valieron del pseudo anonimato y la difícil trazabilidad que presentan las operaciones en criptomonedas, para disimular los ingresos de sumas de marcada importancia en sus cuentas de Binance”.
La etapa de instrucción comenzó el 14 de septiembre del año pasado como consecuencia de una denuncia anónima que detalló el accionar de una red de contrabando de dispositivos electrónicos de punta con injerencia también en juegos de azar ilegales. La fiscal Laura Mazzaferri fue la encargada de promover distintas medidas de prueba para impulsar la acción penal.
En un principio, el juez Inchausti dictó el procesamiento de nueve imputados. Sin embargo, apelaciones mediante, el tribunal de alzada resolvió la falta de mérito de cuatro de personas, quienes aún quedarán sometidas a nuevas investigaciones. Ahora los jueces ratificaron la acusación contra tres de los procesados, detenidos con prisión preventiva por riesgo de fuga.
El expediente adquirió cierta notoriedad tras la decisión del juez Inchausti de dictar el decomiso anticipado de criptoactivos por un total de 28.589,26 USDT con el propósito de asegurar la eventual “reparación patrimonial y recupero del dinero ilícito”.